Un Artículo interesante sobre la polémica modificación al Código Contravencional porteño.
BUENOS AIRES, dic. 8 (UPI) -- Tal como la canción que interpreta Joan Manuel Serrat, los pobres abarrotan el recibidor de Buenos Aires, sus zonas turísticas y sus calles más comerciales.
"Disculpe el señor, se nos llenó de pobres el recibidor y no paran de llegar, desde la retaguardia, por tierra y por mar. Este asunto va de mal en peor. Vienen a millones y curiosamente, vienen todos hacia aquí", reza la canción del trovador catalán, que parece haberse convertido en profecía molesta para las autoridades de la París de Latinoamérica, y que hace pocas horas aprobaron una reforma legislativa que contribuye a eliminar a quienes ejercen el comercio ambulante en sus calles, con la consiguiente molestia de los comerciantes establecidos que se han movilizado furiosos exigiendo medidas punitivas contra los invasores del espacio público.
La estatal Télam consignó al respecto que la reciente norma fue aprobada en general por 41 votos a favor y 19 en contra, y prevé la modificación del artículo 83 del Código de Contravenciones, donde se contemplaban los casos de excepciones de aplicar penas a quienes realizaran actividades lucrativas en el espacio público. Anteriormente, el Código permitía la venta "de baratijas o artículos similares, artesanías y, en general, la venta de mera subsistencia que no impliquen una competencia desleal efectiva para con el comercio establecido".
De aquí en más y según el texto aprobado, "no se podrá ejercer la venta en la vía pública" con sanciones de hasta 1000 pesos a quienes no cumplan con la reglamentación y de hasta 60.000 pesos a los que realicen las actividades lucrativas en "volúmenes y modalidades similares a las de un comercio establecido". Sin embargo, advierte que "no constituye una contravención la venta ambulatoria en la vía pública o en transportes públicos de baratijas o artesanías, y en general la venta que no implique una competencia desleal con el comercio establecido".
Desde las voces oficiales se instaló un discurso que dejó atrás el concepto central y determinante de la subsistencia, y estableció la diferencia entre artesanos y quienes venden artículos que compiten con los expedidos por el comercio. Con ello se legitima a los primeros y crucifica a los segundos. Sin embargo, los pobres que señala la canción carecen muchas veces de habilidades artísticas que los ubiquen en la primera categoría, y deben recurrir a la venta de paraguas, carteras y un sin fin de artículos que compiten con los comercios establecidos, y no por un afán de vocación mercantil, sino por la necesidad imperiosa de la existencia, categoría ahora exiliada de la nueva normativa.
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