La Cámara Laboral concluyó que “el despido obedeció al
estado de salud” del empleado, ya que Coto “conocía que era portador de HIV” al
momento de terminar la relación laboral. Deberán pagarle una suma de 60 mil
pesos más intereses.
La Cámara Laboral confirmó una condena contra una cadena de
hipermercados por el despido discriminatorio de un cajero enfermo de sida y
ordenó que el empleado sea indemnizado con 60 mil pesos más intereses.
Los jueces de la Sala Sexta de la Cámara consideraron que la
cadena Coto “conocía (que el trabajador) era portador de HIV al momento del
despido”. Como prueba de ello, destacaron que el cajero había sido internado en
dos oportunidades a raíz de su cuadro de salud.
En este sentido, los camaristas remarcaron que el despido
del trabajador se produjo diez días después de que el empleado fuera
hospitalizado (por segunda vez) en el Sanatorio San José. "En un período
de cinco meses, el actor se ausentó e internó por diversos malestares,
circunstancia que, unida a la contemporaneidad que existe entre el momento en
que el actor es despedido resulta conducente a la presunción de
discriminación", explicaron los magistrados.
De este modo,
descartaron los argumentos de la defensa, que sostenía que el trabajador
" fue despedido porque hubo una reestructuración".
"Ante la ausencia de prueba que demuestre que el
accionar de la empleadora se debió a una causa distinta a la mencionada, no
queda mas que tener por cierto que el despido obedeció al estado de salud"
del empleado detalla el fallo, que concluye que el hipermercado “incurrió con
su accionar en la figura del despido discriminatorio”.
Por esta razón, los camaristas condenaron al hipermercado a
indemnizar al trabajador con 60 mil pesos,
más los intereses desde la fecha de la ruptura de la relación laboral.
(DyN)
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