La Justicia multó a DirecTV Argentina con $2.000 por no
informar la causa por la cual un usuario, al día con sus facturas mensuales, se
quedaba sin señal todos los días entre las 17 y las 8.
El daminificado relató que "tras efectuar distintos
reclamos por vía telefónica, el tema fue derivado al servicio técnico. Sin
embargo, nunca se comunicaron al efecto de solucionar el desperfecto".
Agregó, que la empresa no concurrió a la su domicilio por
que se hallaba "en una ‘zona peligrosa'", de acuerdo con el fallo
publicado por elDial.com.
"No habrían informado la causa de por qué se corta la
señal del servicio de las 17,00 a 7,30 (marzo/abril/2006) y no llegan las
facturas de pago del servicio en el domicilio", agrega el fallo.
El escrito de la sala II Cámara de Apelaciones en lo
Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires también
destaca que "mientras que el consumidor prueba haber solicitado
información, la sumariada (DirecTV) no aporta prueba tendiente a acreditar
haber suministrado respuesta al consumidor respecto de su reclamo".
"Cada parte debe probar los hechos que alega como
sustento de su pretensión, ya sean éstos constitutivos, impeditivos o
extintivos, este criterio general se ve morigerado, a su vez, por la aplicación
de la doctrina de las cargas probatorias dinámicas según la cual, cuando una de
las partes está en mejores condiciones fácticas para producir cierta prueba
vinculada a los hechos controvertidos de la causa, ésta debe soportar el onus
probandi", señaló el fallo.
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