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17 de mayo de 2017

HOT Sale




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 Fijate bien si la semana pasada de casualidad no aumentaron los electrodomésticos en ese local.... y fijate si las empresas están cumpliendo con sus obligaciones y respetando tus derechos como consumidor! 

Si tenés algún reclamo sobre un producto que hayas adquirido, fijate que se hagan cargo y lo resuelvan como corresponde.


En Hot Sale no se rebajan derechos, acordate.

7 de mayo de 2015

Demoras en el plan de ahorro, derechos del comprador

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| El 07, may 2015

Hay tres vías básicas cuando el vendedor del plan de ahorro incumple el contrato y demora la entrega pactada, no respeta el plazo. Las acciones legales por las demoras en el plan de ahorro en principio, no son excluyentes; se pueden intentar conjuntamente.
La primera acción puede ser defensa del consumidor, caso de abajo, en que por las demoras en la entrega del vehículo multaron a la compañía y ordenaron un resarcimiento a favor del comprador. Hay una ley local sobre plazos de entrega, la podés leer abajo.
La segunda es la de enviar una carta documento con abogado/a, pedir una mediación extrajudicial e iniciar una acción legal. Abajo una carta que en algún momento envié. La carta documento, una vez analizado el contrato, los fuerza a responder y dar una respuesta. En la mediación se podría negociar un acuerdo, incluyendo un resarcimiento por la demora, privación de uso, etc.
Finalmente, también se puede denunciar en la IGJ que es el organismo de contralor del sistema.
Los supuestos comunes son no respetar el plazo, cambiar las condiciones, cargos no informados, seguros por encima del monto de mercado (y no permitir la libre opción, según garantiza la resolución IGJ que los regula), entre otras.
Espero que este menú te sirva. De todas maneras, ¡Aguante el transporte público… y la bicicleta!

4 de mayo de 2015

Derechos del consumidor



Los abusos que sufren los consumidores (tanto de bienes como de servicios), son cada vez más graves y, a la vez, insólitos. A veces llega a extremos que, sino fueran reales, serían material para una película.
    Una cliente de un Banco que le abrieron una cuenta sin su consentimiento para luego pretender cobrarle una deuda inexistente, originada en esa cuenta. Otro cliente de una compañía telefónica que le reclaman un importe por un adicional que nunca contrató. Un tercer cliente que le cancelaron el vuelo previsto sin explicación ni compensación alguna. Una cliente que hace 4 meses que dio de baja el servicio de TV por cable y que todavía le siguen cobrando.
   Llamados molestos de teléfonos desconocidos, que reclaman una deuda que no tenés por algo que nunca compraste ¿Te suena?

Los casos son cada vez más variados, en todos los órdenes del consumo, y las quejas, que no parecen tener ninguna solución por parte de las Compañías (Bancos, Telefónicas, Aerolíneas, TV por Cable, etc.) son tediosas, una pérdida de dinero y tiempo ya que nunca se obtiene una respuesta satisfactoria.
¿Defensa del Consumidor? El problema con esta vía de reclamo es que las empresas, si bien van a las audiencias, en los reclamos de montos elevados prefieren no arreglar, e ir a juicio (si es que el damnificado inicia acciones legales). Es simple, si vos terminas pagando la deuda que te reclaman, o no inicias acción alguna, la empresa siempre sale ganando.
No obstante ello, la Justicia cada vez es más receptiva a este tipo de reclamos y muchos de estos han tenido una solución favorable para el cliente. A continuación un par de noticias que señalan ese avance:

"Un fallo que procura aleccionar a los bancos"
"Vuelos que se retrasan o cancelan - derechos del pasajero de avión"
"Más condenas a compañías de celulares: obligan a pagar $300.000 a usuario por "desatender" su problema"

Por eso te recomendamos que te asesores con un abogado sobre tus derechos como Consumidor.

25 de abril de 2015

Mediación previa compatible con Derechos de consumidor y usuarios

Resultado de imagen para derecho al consumidorDerechos del consumidor. Mediación. Expresa que la mediación obligatoria proporciona una herramienta útil para lograr la solución del conflicto, sin tener que transitar la etapa de judicialización de la cuestión y, precisamente, ese fin no puede considerarse en abstracto incompatible con los derechos de consumidores y usuarios. Manifiesta que el carril judicial que la ley 13.133 establece para los consumidores no deja de ser sumarísimo por la circunstancia de que el legislador haya previsto la ocurrencia a una etapa previa de mediación, en cuyo transcurso se contempla un trámite abreviado y desprovisto de formalidades sacramentales, lo que no puede interpretarse más que como una pronta e inmediata posibilidad de solución para los conflictos.

Iglesias, Karina Paula y otro/a c/ Banco Frances BBVA S.A.

SENTENCIA
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL
MAR DEL PLATA, BUENOS AIRES
16 de Abril de 2015
Id Infojus: NV11064

 

8 de octubre de 2013

Un nuevo fallo ordena devolver dinero a usuarios de celulares

La Justicia volvió a fallar a favor de los usuarios de telefonía celular. Esta vez, un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, sala IV, ordenó a la empresa AMX Argentina (conocida como Claro) devolver plata mal cobrada -con intereses y multa- a cerca de un millón y medio de usuarios que en 2001 eran clientes de CTI. Todo comenzó con una acción colectiva (representa a todos los usuarios afectados) iniciada hace nueve años por la Unión de Usuarios y Consumidores contra las compañías de celulares.

11 de septiembre de 2013

Declaran responsable a un centro comercial

Este fallo es sobre el robo de un automotor en el estacionamiento de un centro comercial.

Condena a un supermercado y a un centro de compras a abonar al dueño de un automóvil que fue robado del estacionamiento la diferencia entre el valor del rodado y la indemnización por el robo abonada por la compañía aseguradora. 

Rechaza la defensa de falta de legitimación intentada por una de las firmas demandadas, habida cuenta que el servicio de estacionamiento en los centros comerciales de envergadura no es prestado a su clientela en forma totalmente desinteresada y, por lo tanto, constituye una prestación accesoria de carácter gratuito, complementaria de su actividad principal de comercialización de mercaderías y otros productos.


Morales, Jorge Sebastián c/ INC. S.A s/ daños y perjuicios
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - 06/08/2013

16 de agosto de 2013

Que los supermercados no sean irresponsables.

 Este fallo trata sobre relación de Consumo. Es la Obligación de Seguridad del Proveedor. 

Ordena a un supermercado indemnizar a una consumidora que sufrió una fractura de tabique nasal cuando unos baldes, incorrectamente ubicados, se cayeron en su rostro, mientras compraba en el establecimiento demandado. 

Entiende que se demostró que la relación entre las partes se desarrollaba dentro del ámbito de una relación de consumo, de modo que rige una presunción de responsabilidad respecto del proveedor, derivada de la obligación de seguridad establecida por el art. 42 de la Constitución de la Nación y por la ley 24.240, la cual sólo puede desvirtuarse afirmando que el hecho resulta ajeno al demandado por existir un factor que rompe el nexo causal, o bien demostrando que el acontecimiento no se produjo en el ámbito de una relación de consumo, supuestos q ue no fueron alegados en el caso.


ZRY c/ MSA p D Y P
3ra CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL, MINAS, DE PAZ Y TRIBUTARIO de MENDOZA - MENDOZA - 13/05/2013

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 45567 SALA VI Expediente Nro.: CNT 38955/2018 (Juzg. N° 51) AUTOS: “GONZALEZ RAUL FABIAN C/ MINISTERIO...