Indoamericano: sobreseen a miembros de la Policía
Metropolitana y Federal y a una jueza porteña
Lo dispuso este lunes el juez de instrucción Eliseo Otero.
Es en el marco de una causa en donde se investiga la responsabilidad de los imputados
por los hechos ocurridos, en diciembre de 2010, durante la toma del Parque
Indoamericano, en Villa Soldati
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El juez Eliseo Otero, titular del Juzgado Nacional en lo
Criminal de Instrucción n°9, dispuso este lunes el sobreseimiento de 33
integrantes de la Policía Metropolitana, de 11 miembros de la Policía Federal y
de la jueza porteña María Cristina Nazar, en el marco de una causa en donde se
investiga su responsabilidad por los hechos ocurridos, en diciembre de 2010,
durante la toma del Parque Indoamericano, en Villa Soldati.
A continuación, la parte dispositiva de la resolución:
“RESUELVO:
I) Decretar la nulidad absoluta de la declaración
testimonial de Lider Fernández Prieto, protocolizada mediante el acta de fs.
1128/1129, nulidad que se ciñe exclusivamente al acta referenciada (Art. 167 inc 3° y 172 a contrario sensu del
C.P.P.N.).-
II) Sobreseer al Comisario Mayor Ricardo Ferron, Inspector
Diego Castillo, Subinspectores Mario Barrionuevo, Hugo Sánchez y Rubén
Boonstra; Oficial Mayor Juan Carlos Pili, Sergio Villagra, Christian Rodríguez,
Daniel Balor, Rodolfo Magrassi, Omar Chamorro, Daniel Gutiérrez, Ricardo
Picart, Alejandro González, Daniel Oviedo, Matías Bailate, Hernán Giulidori,
Carina Salvo, Raúl Solís, Gabriel Canavide, José Ponce y Javier Masmann;
Oficiales Yésica Vázquez, Osvado Viollaz –de la División Operaciones Especiales
Metropolitanas (D.O.E.M.) de la Policía Metropolitana del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires-; Oficial Mayor Rubén Rende, Jorge Smith y Oficial Hernán
Fantin –integrantes de la dotación del carro hidrante de la Policía
Metropolitana-; Subinspectores Claudio Maeso y Víctor Germán Petraitis, Oficial
Mayor Eduardo Darío Garralda, Inspector Alejandro Benítez, Oficiales Leonardo
Salvador Pozos y José Luis Gómez –de la División Vigilancia Preventiva de la
Policía Metropolitana-, Sargentos Carlos Alejandro Caruso y Mario Enrique Schefer,
Subinspector Hernán Rubluplak, Agte. Miguel Caci, Cabo Luis Fernández, Sargento
1ro. Marcos Torres Cejas y Cabo 1ro. Daniel Eduardo Fail –Agentes de la Policía
Federal Argentina- con motivote de que
el hecho que se les reprocha no fue cometido por éstos, dejándose expresa
mención que la formación de la presente causa no afecta el buen nombre y honor
del que gozaran (Art. 334, 336 inc. 4° del C.P.P.N).-
III) Sobreseer al Comisario General Roberto Agustín
Palavecino, Compisario Mayor Hugo Ernesto Lompizano, Comisario Inspector Juan
Antonio Quintero, Comisario Emilio Ramón Miragaya, con motivo de que el hecho
que se les reprocha no encuadra en una figura penal, dejándose expresa mención
que la formación de la presente causa no afecta el buen nombre y honor del que
gozaran (Arts. 334 y 336 inc. 3° del C.P.P.N.).-
IV) Sobreseer a María Cristina Nazar –Juez titular del
Juzgado en lo Penal Contravencional y de Faltas nro. 26 del Poder Judicial de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con motivo de que el hecho que se le
reprocha no encuadra en una figura penal, dejándose expresa mención que la
formación de la presente causa no afecta el buen nombre y honor del que gozara
(Arts. 334 y 336 inc. 3° del C.P.P.N.).-
IV) Encomendar al personal de la Prefectura Naval Argentina,
la individualización de los autores del hecho aquí investigado, a cuyos fines,
se convocará personal especializado a los efectos de impartirle las directivas
específicas que el caso amerita.-
Notifíquese urgente a las partes, incluidos a los imputados
que no han nombrado defensa sobre el contenido del Art. 104 del C.P.P.N, para
que ejerzan su derecho a nombrar un abogado de la matrícula, bajo expreso
apercibimiento de asignarle intervención a la Sra. Defensora Oficial que por
turno corresponda.-
Cumplido que sean las notificaciones de estilo, archívese la
presente causa, hasta tanto arroje resultados la medida dispuesta en el punto
IV).”
Nota periodística de Pagina/12 al respecto...
EL PAIS › EN LA CAUSA POR LA REPRESION Y LOS ASESINATOS EN
EL PARQUE INDOAMERICANO
Un sobreseimiento para 44 policías
El juez Edison Otero sobreseyó a los agentes de la
Metropolitana y de la Federal imputados por las muertes de Bernardo Salgueiro y
Rosemary Chura Puña. También eximió de responsabilidad a la jueza que había
ordenado desalojar el Parque. La fiscalía apelará.
La causa por el violento desalojo policial del Parque
Indoamericano –que el 7 de diciembre de 2010 produjo dos asesinatos durante la
represión a los ocupantes de ese predio en Villa Soldati– quedó prácticamente
en fojas cero. El juez de instrucción Edison Otero sobreseyó a 44 policías, 33
de ellos de la Metropolitana y 11 de la Federal, imputados por la fiscalía por
la muerte con balas de plomo de Bernardo Salgueiro y Rosemary Chura Puña, de
nacionalidad paraguaya y boliviana, respectivamente. El magistrado eximió
también de toda responsabilidad a su colega porteña María Cristina Nazar, quien
había dado la orden para expulsar a los “usurpadores”. En su resolución, el
juez descalificó la investigación del hecho producida por la fiscalía a cargo
de Sandro Abraldes y aludió a su “incapacidad” para dar con los autores
materiales de las muertes y de producir una “acusación genérica”.
En diciembre, el fiscal había solicitado la indagatoria de
33 uniformados y había argumentado que “integrantes de la Policía Metropolitana
efectuaron disparos de arma larga tipo escopeta contra las víctimas, utilizando
cartuchos antitumulto, adulterados mediante la sustitución previa con una posta
de plomo”, de modo que sólo así “puede explicarse la cantidad de heridas con un
solo perdigón en diferentes personas, en tiempos tan disímiles y en lugares tan
distantes entre sí”. Y acusó a la jueza Nazar de haber actuado de manera
forzada, bajo posibles presiones, sin supervisar el procedimiento ni tomar
medidas para proteger la vida de las personas en riesgo. En definitiva, dijo
que fue “desaprensiva”. El juez Otero enfatizó que “la presente causa no afecta
el buen nombre y honor del que gozaran” los beneficiados por su medida, que da
por tierra la posibilidad de imputar a quienes dieron las órdenes en aquel
operativo, incluida la magistrada que había sido acusada por la fiscalía.
Por la responsabilidad conjunta en la represión, Abraldes
había apartado a la Federal de la investigación y pedido el auxilio de la
Gendarmería para las pericias balísticas. Había sido ése el momento inicial de
sus cruces. En su fallo, Otero encomendó a “personal de la Prefectura Naval Argentina
la individualización de los autores del hecho aquí investigado” y prometió
“impartirle las directivas específicas que el caso amerita”. Según una fuente
judicial consultada por Página/12, el juez “no explica por qué saca a la
Gendarmería, y es falso que la Prefectura vaya a revisar la causa porque el
propio fallo hace imposible revisar la actuación de las fuerzas de seguridad”.
Entre los sobreseídos figuran los comisarios federales Roberto Agustín
Palavecino, Hugo Ernesto Lompizano, Juan Antonio Quintero y Emilio Ramón
Miragaya. Entre los Metropolitanos, en tanto, están el comisario mayor Ricardo
Ferron, el inspector Diego Castillo, subinspectores Mario Barrionuevo, Hugo
Sánchez, Rubén Boonstra, Claudio Maeso y Víctor Germán Petraitis y decenas de
oficiales participantes del operativo desplegado bajo el paraguas de la orden
de la jueza Nazar.
En la misma línea descalificatoria de la actuación de la
fiscalía, el juez agregó que “se ha desperdiciado una oportunidad de gran valor
para dar respuesta a quienes han resultado damnificados en este suceso, a los
familiares de las víctimas fatales y a la sociedad en general”. Según
argumentó, las conclusiones a las que llegó Abraldes “terminan conformando, a
modo de justificación por la propia incapacidad de dar con los autores
materiales, una imputación cuasi genérica dirigida hacia todos aquellos que se
hallaran comprendidos en sectores distintos de quienes intentaron ocupar el
predio denominado Parque Indoamericano”. A su criterio, como la orden de
desalojo era legítima, el accionar policial estaría justificado. “La ecuación
ha sido tan simple como efectista: los proyectiles debieron provenir del grupo
de funcionarios que pretendían cumplimentar la orden judicial de desalojo sobre
el predio y la responsabilidad debiera extenderse a todos quienes participaron
en la gestación de aquella orden”, dijo Otero, al cuestionar el razonamiento
del fiscal.
“Nunca vimos un nivel de agresividad semejante”, se
sorprendió ayer la fuente consultada respecto de los duros términos de Otero.
Pero el enfrentamiento no es novedad, de hecho el fiscal Abraldes había
intentado sin éxito recusar al magistrado. El fallo será apelado por la
fiscalía ante la Cámara del Crimen, que en otros tramos del expediente le dio
la razón a Abraldes. Así las cosas, queda en pie el procesamiento de un
comisario de la Federal, Eduardo Pereyra, cuyo sobreseimiento fue revocado por
la Cámara a pedido del fiscal, por no haber evitado que sus subalternos
torturaran al joven Emanuel Ríos.


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