28 de marzo de 2012

¿Cómo calcular el salario de los días feriados?


Para los Trabajadores mensualizados: no corresponde hacer cálculo alguno si el trabajador no prestó servicios ese día, ya que el salario al ser mensual comprende a los días feriados. En caso de haber trabajado, debe abonarse  por ese  día un  adicional cuyo cálculo es la resultante de dividir por veinticinco el sueldo mensual.

Para los Trabajadores jornalizados: el pago del feriado se debe efectuar siempre aunque los mismos coincidan con  días en los que éstos no prestan tareas. Si lo trabajan, corresponde abonar doble dicho jornal.

Si trabajás a destajo:  se debe  abonar como  salario base el promedio de lo percibido en los seis días de trabajo anteriores al feriado. 

Si la remuneración es variable será de acuerdo al promedio de los 30 días inmediatamente anteriores al feriado.

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