Por Mónica Pinto *
Las leyes son generales; tienen un sujeto genérico, el
empleador, el trabajador, el contratista, el contribuyente. Las normas de
derechos humanos siguen la misma regla; ellas enuncian derechos protegidos para
"toda persona", señalan que "nadie" debe ser objeto de
tortura, maltratos. Detrás del "toda persona" y del
"nadie", hay individuos de todos los sexos y géneros. Sin embargo,
para algunos sujetos como las mujeres, la igualdad plena sigue siendo sólo
declamada.
Las normas sobre derechos humanos de las mujeres han
adoptado el enfoque de género, esto es, una óptica que permite dar cuenta de la
heterogeneidad de las condiciones culturales, sociales y económicas que afectan
la vida cotidiana de hombres y mujeres en su interacción. El género expresa los
papeles, la inserción que la cultura tiene reservados para unos y otras en un
determinado contexto social.
Las prácticas de discriminación contra las mujeres tienen
raíces culturales y se expresan en la legislación, en las instituciones, en el
cotidiano vivir. Hay que hacerles frente con normas adecuadas. También con
nuevas actitudes, rutinas y políticas públicas que incluyan a las mujeres en
igualdad.
La discriminación genera exclusión. La discriminación
incluye la violencia dirigida contra la mujer porque es mujer o la afecta en
forma desproporcionada. Incluye actos que producen daños o sufrimientos de
índole física, mental o sexual, amenazas de cometer esos actos, coacción y
otras formas de privación de la libertad. En general, los autores de actos
violentos suelen pertenecer al círculo próximo de la víctima.
Las prácticas discriminatorias sobreviven porque las
violaciones a los derechos humanos de las mujeres suelen tener impunidad. El
derecho solo no alcanza para modificar la realidad.
La violación y el abuso deshonesto son delito en casi toda
América. Sin embargo, su denuncia es muchas veces una mera formalidad y
conseguir una dignificación es un imposible. Todo esto pasa en la Argentina
actual. Los periódicos cuentan de mujeres asesinadas, violadas, torturadas,
quemadas por sus compañeros de vida. También dan cuenta de claros casos de
trata de mujeres, delito complejo que sólo se favorece con la ineficiencia de
la Justicia que calla y la corrupción de funcionarios públicos y de las fuerzas
seguridad.
La violencia es un comportamiento aprendido que por ello
puede modificarse. La violencia contra la mujer la trasciende y llega a la
familia, a la sociedad y tiene efectos intergeneracionales.
Las políticas de erradicación de la violencia contra la
mujer requieren la participación del poder público, que tiene la obligación de
protegernos, de actores privados y del colectivo de mujeres.
Hay formas de tratar la violencia. Es necesario adoptar
estrategias para su supresión, de modo de seguir cristalizando ciudadanía plena
para las mujeres. Las normas son necesarias, pero para ser útiles deben ser
aplicadas. Se requieren también cambios culturales.
Sin perjuicio del discurso democrático favorable a la
igualdad, las declaraciones no alcanzan. Son imprescindibles políticas
públicas, estrategias que las implementen.
En este hacer, la universidad tiene un papel que jugar. Debe
ayudar a desprejuiciar, a vencer los estereotipos que obstaculizan la igualdad.
La tarea radica en demostrar en los hechos que la igualdad no consiste en
uniformar de manera autoritaria, en forzarnos a hacer todo de la misma manera,
sino todo lo contrario; que seamos iguales no impide sino que alienta la
diversidad.
La universidad debe plantearse el enfoque de género como un
ejercicio de militancia a su interior, pero también como parte de su tarea de
enseñanza, investigación y extensión. La sociedad en que vivimos nos lo exige.
Nosotras se lo debemos a las que nos precedieron y a las que
nos siguen.
* Decana de la Facultad de Derecho de la UBA.
10/03/2012 Página 12 - Nota - Sociedad - Pag. 16 OPINION
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