25 de julio de 2012

Que no te chamuyen: el trabajo a tiempo parcial es de excepción


Ratifican que el Contrato de Trabajo de Tiempo Parcial Debe Ser Considerado Como de Excepción

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó que el contrato de trabajo de tiempo parcial no puede ser considerado sino como de excepción, siendo necesario para ello que la jornada se pacte previamente.

El juez de grado había hecho lugar a la demanda presentada en la causa “Perez Fernando Adrián y otro c/ Sounch S.R.L. s/ despido”, al considerar que los actores acreditaron los incumplimientos invocados, basados en la incorrecta registración en lo que hace a la jornada laboral cumplida, al salario percibido y a las horas extras trabajadas, por lo que condenó a la empresa demandada al pago de los rubros indemnizatorios derivados de ambas rupturas.


La sentencia de grado fue apelada por la demandada, quien se agravió por la valoración que el juez de grado efectuó de las pruebas producidas en la causa, al considerar que los coactores cumplían una jornada laboral completa y, en consecuencia, tuvo por acreditado el salario denunciado en el inicio, a la vez que también se quejó porque no se tuvo por probado el abandono de trabajo invocado por su parte.

Los jueces que componen la Sala X confirmaron lo decidido por el juez de grado en cuanto a que “el contrato de trabajo de tiempo parcial no puede ser considerado sino como de excepción”, agregando que “para eso es menester que la jornada se pacte previamente”.

La Justicia laboral determinó que ante una enfermedad el trabajador no esta obligado presentar un certificado médico a su empleador.

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