Misiones
por Alicia Rivas Zelaya *
El juzgado federal de Posadas, a cargo del juez José Luis
Casals resolvió la cuestión de fondo en la causa judicial iniciada en el 2009
por un grupo de tareferos contra la ANSES por la retención indebida de las
asignaciones familiares y las ayudas escolares. Ordenó además la devolución en
un plazo de 30 días del monto retenido.
El fallo de primera instancia cuyos fundamentos aún no
trascendieron, hace lugar al amparo en dos de los 5 expedientes abiertos por
tareferos, en este caso de la ciudad de Oberá, quienes resolvieron esta
judicialización meses después de que un grupo de trabajadores rurales de
Montecarlo consiguieran también vía amparo judicial el cese de los descuentos.
“Este es un precedente muy importante que estábamos
esperando hace mucho tiempo. Ahora resta que el juez falle en el mismo sentido
en los otros expedientes, los iniciados con anterioridad, inclusive, en el
juzgado federal de Eldorado”, destacó Roxana Rivas abogada patrocinante, junto
al doctor Gustavo Haene, por los tareferos.
“Es una muy buena noticia, ahora con más fuerza vamos a
reclamar que nos devuelvan lo que nos sacaron, que la ANSES cumpla esta
sentencia”, agregó Cristóbal Maidana, Secretario General del Sindicato de
Tareferos, Trabajadores Eventuales y Desocupados alineado en la CTA, al
enterarse de la noticia.
La cautelar del 2009
En diciembre del 2009 se conoció el primer fallo del juez
Casals, en la presentación hecha por tarefero de Montecarlo, haciendo lugar a
la medida cautelar pedida por los trabajadores y ordenó como medida preventiva
el cese de los descuentes sobre las asignaciones familiares y las ayudas
escolares. Un mes después lo mismo resolvió en el expediente impulsado por
tareferos de Oberá.
En los fundamentos de ese primer fallo, diciembre 2009 y
enero del 2010, José Luis Casals describió la situación de extrema
vulnerabilidad de este sector de trabajadores y no desconoció que los
descuentos compulsivos de ANSES agravaron aún más su situación.
“Es la población laboral más vulnerable en el espectro de
actividades de la provincia y por consiguiente una de las más desprotegidas lo
que requiere la adopción de medidas por parte esta jurisdicción” y agrega que
deberán tomarse “como acción preventiva las medidas que sean acordes para
restituir el derecho afectado hasta tanto se logre dilucidar los verdaderos
motivos que han llevado a la administración a adoptar la suspensión a tales
pagos, todo ello en concordancia con la protección integral que se debe otorgar
a los menores dentro del consabido precepto del interés superior del niño
previsto en la convención sobre los derechos del niño aprobado por la Asamblea
de Naciones Unidas y que integran el plexo constitucional a partir de 1994”.
Esta convención, continúa diciendo Casals en su fallo,
“taxativamente impone en su artículo tercero la obligación de los Estados
partes que en cada medida que se adopte en el plano de las instituciones
públicas o privadas, tribunal, órganos, legislativos o autoridades administrativas
deben dirigirse primordialmente a tal interés y otorgar la protección y
cuidados que sean necesarios para el bienestar de los mismos, premisas esas que
se han de cumplir por medio de la disposición que se pretende al suspenderse
las retenciones que se ejecuta por la administración”.
Unos 90 trabajadores lograron presentarse en el amparo
judicial, unos 700 niños y niña, hijos de estos tareferos fueron afectados por
la decisión del organismo nacional.
* Equipo de Comunicación de la CTA Misiones

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