POR HORACIO MEGUIRA
DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO JURIDICO DE LA CTA
El Poder
Ejecutivo acaba de elevar al Congreso un proyecto de reforma parcial y
restrictiva, que desprotege a los trabajadores y dista mucho de adecuarse a la
doctrina de los doce fallos de la Corte Suprema que cuestionan la
constitucionalidad de muchos de los institutos de la ley existente.
27/09/12
Después de 17
años de vigencia de la Ley de riesgos de trabajo, el Poder Ejecutivo elevó un
proyecto de reforma parcial, restrictiva, que dista mucho de su adecuación a la
doctrina de los doce fallos de la Corte Suprema que cuestionan la
constitucionalidad de muchos de sus institutos.
Los que la
impulsan son los mismos actores del acuerdo Marco UIA-CGT de 1994 que habilitó
la sanción de la ley vigente . El ministro Tomada fue asesor de la CGT de
entonces y hoy vuelve a ser un factor importante, al momento de imponer una
reforma con un método restringido a sindicatos, empresarios y aseguradoras
amigos , sin tomar en cuenta las incompatibilidades con la Constitución
observadas por el Máximo Tribunal y menos aún la voz de los que no opinamos en
el mismo sentido. Quien asumió la responsabilidad de la defensa fue el propio
ministro, que concurrió al Senado a exaltar las virtudes del proyecto.
El relato es
profundamente contradictorio. El enunciado dista mucho de la letra escrita. En
el discurso oficial se condenan las restricciones de la ley en el acceso a la
justicia; sin embargo, el proyecto impone la opción excluyente con renuncia,
que obliga al damnificado a elegir entre la reparación tarifada o la emergente
del derecho común , de tal modo que si percibe la primera renuncia al derecho
de poder acceder a la justicia. Con el agravante de que establece la jurisdicción
civil sobre la laboral (que históricamente ha sido más lenta y restrictiva) al
momento de fijar el monto de las indemnizaciones.
Afirma el
ministro que lo más importante es la prevención del riesgo, pero la reforma no
contiene un solo artículo que modifique la imprevención y la falta controles.
Según la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, en el 2011 hubo 675.000
siniestros laborales, de trabajadores registrados (51 % de la fuerza del
trabajo). Si tomamos en cuenta a todos los trabajadores, la proporción debería
ser un 49% mayor. Es decir, más de 1.200.000 siniestros anuales.
Durante el 2010,
según datos de la Superintendencia, hubo 871 muertes por accidente, es decir,
2,38 muertes por día (incluidos los in itinere y las reagravaciones). Tomando
la misma proporción de 49% del resto de la fuerza del trabajo, hay por lo menos
4 muertes por día por accidente de trabajo sin tomar en cuenta las
enfermedades.
Otro gran
justificativo del discurso oficial es la denominada industria del juicio . Se
transfiere al abogado laboralista la responsabilidad de la imprevención.
Pretenden colocar
la consecuencia en la causa y nos culpan de la alta litigiosidad.
Sin embargo,
durante el 2011 (datos de la SRT) se judicializaron 58.364 siniestros, lo que
no llega al 8% de la siniestralidad registrada.
No repara el
Gobierno que lo que es altísimo es la propia siniestralidad.
Estos ataques de
cuño economicista reflejados en la ley cuestionan la función del abogado y el
rol de la justicia. Lo que en realidad oculta es desprecio por el derecho,
descreimiento y falta de respeto al Poder Judicial.
El Gobierno
lamenta lo penoso que es para un trabajador tener que acceder a la
indemnización integral por vía de la justicia. Pero para ello ofrece como
remedio impedir su acceso por intermedio de la opción. Esto significa una
verdadera extorsión al mismo trabajador, que necesita rápidamente acceder a
sumas de dinero que le permitan sustituir los salarios, como consecuencia de su
incapacidad laboral.
El fundamento
doctrinario proviene de la interpretación económica del derecho que coloca su
mirada en los costos empresarios.
Parte de la base
que la actividad productiva provoca daños inevitablemente.
Cree que se
estimulan el empleo y la producción disminuyendo su responsabilidad . Es un
razonamiento típicamente neoliberal.
Por ello, el
proyecto de ley que presentó el diputado Víctor De Gennaro en el marco de una
movilización de la CTA y otros colectivos de trabajadores está en las antípodas
de esta reforma.
Pensamos que la
prevención es posible y que los accidentes y enfermedades laborales son
evitables, si el Estado intervine por intermedio de la seguridad social, que
debe asumir la prevención sin sustituir la responsabilidad empresaria por
daños.
Ponemos el eje en
la prevención y en la participación de los trabajadores por intermedio de los
comités mixtos en los lugares de trabajo , derogando la intermediación
parasitaria de las ART. Creemos firmemente que se puede priorizar la vida y la
salud de los trabajadores y que los accidentes y las enfermedades son evitables
en la medida que existan mecanismos de control que no se subordinen al lucro.
http://www.clarin.com/opinion/Riesgos-trabajo-proyecto-ley-gatopardista_0_781721904.html

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