18 de febrero de 2013

Descanso diario por lactancia


Condenaron a un empleador que no le permitía a la trabajadora elegir el horario de descanso diario por lactancia.

Un fallo de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo condenó a un empleador a indemnizar a una trabajadora, entre otros motivos, por no permitirle elegir el horario en el cual tomaría el descanso diario por lactancia.

Los camaristas sostuvieron que el descanso diario por lactancia fue establecido a los fines de responder a necesidades fisiológicas, médicas y psicológicas inherentes al niño y a su madre, circunstancia que le impide terminantemente al empleador oponer cuestiones atinentes a la explotación de la empresa para entorpecer el libre ejercicio del derecho que le asisten a la madre y al niño como protección de un bien jurídico superior.


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