Cambia la calificación de abuso sexual simple impuesta al imputado que realizó tocamientos impúdicos durante tres años a una niña de ocho años. Considera que el abuso sexual fue gravemente ultrajante habida cuenta que la gran cantidad de actos abusivos, la repetición de hechos ultrajantes que se prolongaban en el tiempo, más que una simple reiteración delictiva, constituyen per se una mayor entidad vejatoria, pues cosifica al sujeto pasivo, lo humilla y degrada a tal extremo que lo somete a la voluntad del victimario, vislumbrándose así la figura penal del abuso sexual agravado por sometimiento gravemente ultrajante.
Coronel, Mario César s/ Abuso sexual reiterado, recurso de casación
3 de junio de 2015
Pena de abusador sexual agravado por sometimiento gravemente ultrajante
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