3 de septiembre de 2015

Aumento de la cobertura que las entidades de medicina asistencial deben ofrecer a sus afiliados celíacos

Celiaquía. Aumento de la cobertura que las entidades alcanzadas por el artículo 9° de la Ley N° 26.588 deberán brindar en concepto de harinas y premezclas libres de gluten en forma mensual, conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 528/11.



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Aumento de la cobertura que las entidades de medicina asistencial deben ofrecer a sus afiliados celíacos
Resolución Ministerial 1.365/15Ministerio de SaludEmitida el 31 de Agosto de 2015Boletín oficial, 3 de Septiembre de 2015Id Infojus: NV12548 
 
Fuente: Infojus

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