Por Raúl Zaffaroni. Ministro de la Corte Suprema de la Nación.
12/02/2012
Los incisos del artículo 86 del Código Penal no requieren
autorización judicial para el aborto no punible. Ninguna eximente del Código
Penal puede requerir una autorización previa judicial. Si se han fraguado las
circunstancias eximentes se verá luego. Está de por medio el asunto de la coma,
pero creo que se refiere a cualquier violación. La salud, conforme a la ONU, es
un estado de equilibrio biopsíquico; pocas dudas caben, por ejemplo, de que el
riesgo de que la gestante caiga en una psicosis es un riesgo gravísimo para la
salud. Lo que quiero decir es lo siguiente: a) El aborto no es “bueno”. No creo
que nadie en su sano juicio piense lo contrario ni que ninguna mujer que aborte
lo haga alegremente. b) El número de abortos que se practican en el país es
enorme, las cifras estimadas son altísimas. c) La inmensa mayoría de los
abortos se practica “clandestinamente” en clínicas y en condiciones de
inseguridad. d) En 35 años de juez he conocido unos diez procesos por aborto, o
sea, nada. e) Una minoría de abortos se practica en condiciones sépticas
terribles y son de la pobreza o de la miseria; buen número acaba con la vida de
la gestante por septicemia. f) En síntesis, el Código Penal no sirve para
prevenir el aborto y ni siquiera para reducir el enorme número de los que se
practican. Para lo único que sirve es para que las mujeres de la faja más pobre
y desamparada sean sometidas a los riesgos más altos. g) Por consiguiente, debe
concluirse que se trata de un delito generalizado e impune. h) El argumento de
que si se generaliza el homicidio con impunidad habría que pensar si se hace
algo diferente de dejarlo en el Código Penal no es válido: cuando el homicidio
se generaliza y es impune tenemos una guerra, y ninguna guerra fue terminada con
el Código Penal, sino con armisticios. i) Es obvio que todos queremos un mundo
sin guerras ni genocidios, y también sin abortos. Sin embargo, no sabemos cómo
lograrlo, pero lo que sabemos es que con el Código Penal no se logra. j) Lo
correcto es hacer una investigación de campo seria, cuantificar la cantidad con
encuestas y proyecciones (lo que es perfectamente posible), reunir todo el
material que hasta el momento se haya investigado, establecer las tipologías,
las causas, las motivaciones, la población en riesgo y ver cómo disminuimos el
número, o sea, una política de reducción de daños real. k) No tiene sentido
afirmar que con el Código Penal prevenimos lo que no prevenimos y no ocuparnos
del hecho real y de su prevención. Si del enorme número logramos bajar a la
mitad, sería muy grande el número de vidas que salvemos, intra y extrauterina.
Tampoco podemos ser omnipotentes o, por serlo, dejar que se siga practicando
alegremente, como en la realidad sucede hasta el presente. l) Si nos limitamos
a discutir un artículo del Código Penal y nos conformamos con su vigencia,
algún día nos ridiculizarán y nos cobrarán la indiferencia frente a las
muertes. m) Si nos limitamos a autorizar el aborto hasta el tercer mes,
habremos salvado la vida de muchas mujeres pobres y desamparadas, pero nos
habremos desentendido de los otros cientos de miles de abortos que se
practican. n) No veo inconveniente en que se amplíe la eximente en el Código
Penal, porque de cualquier manera la tipificación es en la práctica inútil, pero
no alcanza. o) En síntesis, creo que es necesario ir más allá y cualquier
reforma enmarcarla en un programa nacional serio de disminución del número de
abortos reales, precedido por la investigación científica del fenómeno. Es la
única manera que tenemos de salvar vidas humanas y creo que debemos hacer el
máximo de esfuerzo en ese sentido. p) Por las dudas: tampoco creo en la
eficacia de una persecución policial a las clínicas. El efecto sería el mismo
que en cualquier manifestación de delincuencia organizada. Los mejores dejarían
la actividad. Los que queden aumentarían el precio del servicio ilícito. Esto
sólo haría que una faja más amplia de mujeres quedase librada a los riesgos
mortales. q) De cualquier manera, los legisladores son los que tienen la responsabilidad
de tomar la decisión y encarar en serio el problema.
Fuente:
http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-185803-2012-01-19.html
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