A LOS TRABAJADORES, NI JUSTICIA.
Por Darío Quiroga
El pasado 9 de mayo de 2011 la Cámara Nacional de
Apelaciones del Trabajo emitió un fallo plenario en las actuaciones
caratuladas: “FONTANIVE, MÓNICA LILIANA c/INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS
SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI) s/DIFERENCIAS SALARIALES”, Expte.
N° 15.071/2008.
Un fallo plenario es convocado por los jueces cuando llega
un punto en que una cuestión sometida a controversia judicial adquiere
diferentes soluciones tornando contradictorias las sentencias entre sí. El
objetivo sustancial es unificar la jurisprudencia al respecto.
En esta ocasión la cuestión a dilucidar pasaba por decidir
si se mantenía o no, un beneficio salarial a favor de los trabajadores del PAMI
consistente en una bonificación por antigüedad instituido por Convenio
Colectivo de Trabajo en noviembre de 1989, que habiendo sido homologada por el
Ministerio de Trabajo pasó a ser de aplicación obligatoria en el contrato de
trabajo. Este beneficio salarial de origen convencional fue interrumpido de
facto por el menemismo en 1996 a través de la sanción del Dto. 925, decisión
que fue férreamente sostenida por la actual gestión desde 2003 en adelante.
Habiéndose flagrantemente violentado la propia
normativización de la Justicia Social en el marco del Derecho Colectivo del
Trabajo; comenzaron los juicios y una importante cantidad de jueces laborales
comenzó a condenar al PAMI por haber violado la vigencia del convenio colectivo
que estableció el pago de este rubro salarial. En rigor lo que estaba en
discusión era la sustancia del Derecho Colectivo del Trabajo argentino.
Como se dijo, el órgano judicial encargado de emitir este
fallo plenario fue la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo con sede en la
calle Lavalle 1554. Este cuerpo colegiado integrado por 10 salas de 3 jueces
cada una, durante todo el año pasado funcionó con un faltante de 15 jueces.
Ello dio motivo a la designación en Febrero pasado de nueve magistrados
camaristas, todos ellos provenientes de juzgados de primera instancia, entre
ellos Enrique Arias Gibert (de estrecha relación con Hebe de Bonafini) y
Graciela Craig (la esposa del abogado laboralista de la CGT y actual Diputado
Nacional por el FPV Héctor Recalde). Seis de estos jueces (incluidos Craig y
Arias Gibert) durante el ejercicio de sus funciones como jueces de primera
instancia emitieron sus sentencias durante los últimos 6 años en distintos
procesos judiciales en que está cuestión fue ventilada, sistemáticamente por la
postura más beneficiosa a los trabajadores, es decir; por el sostenimiento del
rubro salarial en cuestión. En el caso de Craig a cargo del Juzgado del Trabajo
N° 55, y en el de Arias Gibert del Juzgado del
Trabajo N° 46. Asumidos estos nuevos jueces en la Cámara de Apelaciones
en Febrero de 2011, obviamente se incrementó en la cámara la cantidad de jueces
que estaban a favor de los trabajadores. En concreto; con la nueva conformación
de la cámara eran 14 votos por la posición más beneficiosa a los trabajadores y
10 votos por su derogación.
En el trámite de un “Plenario” la postura votada
mayoritariamente pasa a tener vigencia obligatoria para todos los jueces del
fuero, tanto para los de primera instancia como para los propios jueces de
cámara, sea cual fuese la postura sostenida con anterioridad por los mismos. Es
decir que resuelve definitivamente la controversia sin dejar lugar a dudas,
unificando la jurisprudencia.
Como se dijo; el desenlace de este “Plenario” se produce el
pasado lunes 9 de mayo de 2011. ¿Y qué pudo haber sucedido si como dijimos
antes 14 jueces de cámara venían votando durante 6 años por la posición más
beneficiosa a los trabajadores y 10 en contra?
Sucedió que dos de ellos; Arias Gibert (como ya se señalara,
muy cercano a Hebe de Bonafini) y Graciela Craig (esposa de Héctor Recalde) sin
explicación válida alguna votaron por la postura contraria a la que venían
sosteniendo en los años previos en sus juzgados de primera instancia.
Literalmente cambiaron radicalmente su criterio y votaron en contra de los
intereses de los trabajadores.
De esta forma la votación quedó empatada 12 a 12. ¿Y cómo se
resuelve este empate? La ley procesal establece el voto doble para el juez que
ocupe la Presidencia de la Cámara de Apelaciones, que para este año 2011 recayó
en la Dra. Estela Milagros de Ferreiros de la Sala VII. Esta jueza de
renombrado prestigio en el fuero laboral durante décadas siempre votó en esta
controversia sin excepción alguna y sin fisuras por la postura más beneficiosa
para los trabajadores.
¿Y qué hizo la jueza Ferreiros al momento de ejercer el
poder de su segundo voto; luego de haber votado en la primera oportunidad por
la postura más beneficiosa a los trabajadores? Increíblemente votó por la
postura contraria a los trabajadores. En efecto; y aunque resulte difícil de
comprender y desafiando una básica lógica aristotélica, esta Señora Jueza en
una misma decisión, primero vota a favor y luego lo hace en contra. Con lo cual
el “Plenario” arrojó una mayoría de 13 a 12 por la postura contraria a los
intereses de los trabajadores.
Mientras se consumaba este verdadero “golpe de estado” en el
Derecho Colectivo del Trabajo Argentino, la jueza Ferreiros declaraba el pasado
20 de marzo de 2011 en el diario oficialista “Tiempo Argentino”: “Lo importante
es que las instituciones no se conviertan en caminos de fraude para estafar a
ninguna de las partes y mucho menos a los trabajadores que son la parte más
débil de la relación”. Evidentemente no sólo se trató de una decisión
arbitraria e irracional, sino y por sobre todo de una demostración de poder
brutal que no termina de ser asimilada por los miles de trabajadores afectados,
lo que no dudan en tildar esta decisión de perversa.
Nótese sino el comportamiento de otro Juez involucrado en
este “Plenario”; el Dr. Luis Raffaghelli (Sala VI), proveniente de la Justicia
del Trabajo de Necochea. Raffaghelli, víctima del terrorismo de estado como ex
detenido-desaparecido formó parte de los nuevos jueces promovidos en febrero
pasado como camarista y por ende también partícipe del “Plenario”. Sus
antecedentes lo señalaban como un juez pro operario. De todos modos; su voto
fue en sentido contrario a los intereses de los trabajadores y a favor de la
patronal (PAMI), debiéndose resaltar –como atenuante- que era la primera vez
que se pronunciaba en esta concreta controversia judicial y no debía responder
éticamente por fallos anteriores como sí era el caso de Arias Gibert, Craig y
Ferreiros.
El detalle es que el pasado 25 de abril –es decir a 14 días
de emitir su voto en el “Plenario” a favor del PAMI y en contra de los
trabajadores- un tal Juan Francisco Raffaghelli (CUIL Nº 20-29187781-9), a la
postre el hijo del Señor Juez, era designado como personal de planta del PAMI
en la Agencia Quequén, dependiente de la Unidad de Gestión Local XI – Mar del
Plata por Resolución Nº 0482 suscripta por el Director Ejecutivo de PAMI, el
Dr. Luciano Di Cesare. Las palabras huelgan.
Fuentes confiables (tanto del ámbito judicial, como sindical
y político) han dejado trascender que la resolución de este “Plenario” habría
sido asumida por el gobierno nacional como una “cuestión de estado” en atención
a que una resolución a favor de los intereses de los trabajadores hubiese
significado según su mirada de la realidad una erogación monetaria inaceptable
en concepto de salarios. Habrían mencionado más de 1000 millones de pesos
destinados a los salarios, cuando en rigor no hubiesen superado los 500
millones, sin olvidar que el PAMI conserva actualmente en concepto de “ahorro”
a través de Letras del Tesoro y plazos fijos en el Banco Nación aproximadamente
7 mil millones de pesos.
Desde este temperamento, la Presidente Cristina Fernandez
habría instruido a su Secretario Legal y Técnico Carlos Zanini, al Ministro de
Trabajo Carlos Tomada y al Diputado Héctor Recalde a efectos de impedir a toda
costa un fallo a favor de los trabajadores. Las mismas fuentes indican que
varios jueces habrían sido “invitados” a reconsiderar su posición ya que un
fallo a favor de los trabajadores hubiese puesto en riesgo “el equilibrio entre
precios y salarios” alcanzado por los “éxitos” del “modelo”.
Evidentemente la “profundización” también se libra en este
tipo de subterráneas batallas abiertamente contra el salario de los
trabajadores.
Los jueces implicados; Graciela Craig (Sala VI), Enrique
Arias Gibert (Sala V) Estela Milagros Ferreiros (Sala VII) y sus “operadores
externos” están tratando que este escándalo ético, político y jurídico quede
aprisionado entre los muros de sus recintos judiciales, seguros que no tendrán
que absorber costo alguno.
De todos modos, algunos/as jueces que sostuvieron sin mácula
y éticamente sus posturas –de ambos lados- estarían comenzando a manifestar su
disconformidad y en algunos casos hasta su indignación. El desconcierto entre
jueces, secretarios, peritos, trabajadores y abogados ya ha excedido el fuero
laboral y no termina de expandirse en todos los ámbitos de la justicia y de las
organizaciones sindicales. El presuntuoso e histórico “prestigio” de la Excelentísima
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo habría sido seriamente conmovido y
cubierto por un manto de sospecha. Varios pedidos de nulidad ya han sido
articulados criticando incisivamente la legitimidad, constitucionalidad y
legalidad de este bochornoso fallo plenario, y se esperan pedidos de
inconstitucionalidad ante la CSJN; y todo ello sin perjuicio de las distintas
manifestaciones que los trabajadores afectados seguramente llevarán a cabo para
expresar su repudio.
A partir de ahora la sensación es que estos jueces ya
habrían dejado de manifestarse en los pleitos por intermedio de sentencias
ajustadas a derecho, sino que éstas serían el vehículo de otros intereses
inconfesables o por lo menos no claramente explicitados. Sería importante y saludable
para la integridad institucional de la Nación y para el Derecho Laboral
Argentino (que costó décadas enteras de lucha de varias generaciones) que este
bochorno tome estado público y que estos jueces –mientras son suspendidos en
sus funciones- pudieran tener la oportunidad de dar sus excusas en el marco de
un ejemplar juicio político, puesto que a esta altura según la opinión de
prestigiosos abogados laboralistas, su idoneidad para el desempeño de sus
funciones se ha visto seriamente cuestionada.
Mientras tanto, la firme sospecha es que estos jueces
responderían abiertamente y sin fisuras a precisas instrucciones emanadas desde
la mismísima Presidencia de la Nación, dejando un peligroso precedente que -por
qué no- puede volver a producirse o bien replicarse en otros miembros de este
Tribunal de alzada para otras cuestiones relevantes que a diario se suscitan en
el Derecho Colectivo del Trabajo.

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