6 de junio de 2012

DENUNCIA CONTRA RAUL OTHACEHÉ


Comisión Provincial porla Memoria

DENUNCIA CONTRA RAUL OTHACEHÉ POR DESOBEDIENCIA DE UNA ORDEN JUDICIAL, ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO

Lunes 28 de mayo, 11hs., Juzgado del Dr. Rafecas, Comodoro Py

El Municipio de Merlo destruyó parte de un edificio que estaba señalado como sitio de memoria.
El lunes 28 de mayo la CPM, representada por su copresidente Dr. Hugo Cañón, su Secretario Ejecutivo Alejandro Mosquera y Aldo Etchegoyen con el patrocinio de los abogados Roberto Cipriano y Juan Manuel Combi, efectuará una denuncia penal ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 3 a cargo del Dr. Daniel Rafecas contra el intendente de Merlo, Raúl Othacehé, por violación de los deberes de funcionario público. Se trata de la destrucción de buena parte del edificio donde funcionó un Centro Clandestino de Detención y que estuvo bajo el control de la Fuerza Aérea Argentina durante la última dictadura cívico militar.

El 18 de abril un equipo de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la municipalidad de Merlo destruyó parte del edificio. Este acto vandálico incumplió con las normativas vigentes provinciales y nacionales que indican preservar como espacios de la memoria aquellos sitios donde imperó el horror. El edificio, situado en Eva Perón 1221 fue tipificado como Centro Clandestino de Detención por el Informe de la Conadep en el año 1984.

En este sentido, la CPM interviene judicialmente con el objetivo de que se investigue y condene al Intendente por su desobediencia a una orden judicial dictada por juez Rafecas competente en al causa, que disponía no innovar sobre el inmueble que aun constituye prueba en la causa donde se investiga los delitos de lesa humanidad ocurridos en ese ex CCDT. También por abuso de autoridad e incumplimiento de sus deberes de funcionario publico, al dictar una orden contraria a la legislación vigente de preservación de sitios de memoria (ley nacional 26.691 y ley provincial 13.584.).

Las políticas de preservación de sitios donde ocurrieron delitos de lesa humanidad remiten a los lineamientos del Estado nacional, provincial y responden a consensos universales. La protección de las huellas materiales de hechos humillantes a la condición humana no sólo busca preservar la prueba positiva de los delitos ocurridos sino también contiene un fuerte sentido pedagógico y reparador del daño orientado a quienes lo padecieron y a las futuras generaciones. Está extensamente corroborado que los regímenes autoritarios que asolaron el siglo XX, en su pretendido dominio de la sociedad intentaron controlar el relato de los hechos, destruyendo y ocultando las evidencias de los efectos de su violencia. La desaparición de los cuerpos de sus víctimas, la destrucción u ocultamiento de documentos probatorios, el silenciamiento, la persecución y eliminación de los denunciantes han sido estrategias para imponer el olvido, comunes a los perpetradores de múltiples genocidios. La ruptura de la transmisión ha sido parte del proyecto de exterminio y se perpetúa en el presente en el silencio y el negacionismo que aún persiste en los perpetradores y quienes legitiman sus actos. El Estado democrático tiene hoy el deber de confrontar con estas continuidades, legitimar la palabra de las víctimas, condenar a los victimarios y preservar las huellas materiales. Los sitios de memoria adquieren así un valor simbólico que repone lo negado y evidencia el crimen. La destrucción de su materialidad tiene por tanto un fuerte impacto en el plano de lo simbólico inscribiéndose en el marco del proyecto de exterminio. He aquí también la gravedad de los hechos.

De esta manera, la CPM proclama que se cumplan las normativas vigentes que aportan a la construcción de la memoria colectiva, y sean sancionadas las conductas que vulneran la política de estado en materia de derechos humanos.

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