La Suprema Corte de Justicia dispuso liquidar de acuerdo a
la ley vigente el sueldo anual complementario (SAC) del personal judicial
correspondiente al primer semestre del año. Así se definió luego de declinar la
invitación efectuada por el Poder Ejecutivo a través del art. 4 del Decreto
588/12, dirigida a que dicho pago se realice en cuatro cuotas.
Asimismo, por medio de otra resolución simultánea, la
Suprema Corte de Justicia, con asistencia del Ministerio Público, decidió
diferir la percepción de la aludida remuneración por un lapso de hasta 120 días
corridos en relación a los Ministros del Tribunal, la Procuradora General y el
Subprocurador General.
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires
dispuso hoy liquidar en una sola cuota el sueldo anual complementario (SAC) del
personal judicial, por lo que declinó de sumarse a la propuesta del gobernador
Daniel Scioli de hacerlo en cuatro cuotas. Asimismo, la Corte resolvió además diferir
por hasta 120 días el pago del aguinaldo a los Ministros del Tribunal, la
Procuradora General y el Subprocurador General.
En los considerandos de la medida, el Tribunal sostuvo que
si bien el decreto del Poder Ejecutivo que dispuso el pago del aguinaldo en
hasta cuatro cuotas no comprendía a los judiciales, en su artículo 4
"invita al Poder Judicial a adoptar medidas de similar tenor".
Además, detalló que la Constitución provincial
"establece la competencia de los órganos provinciales de acuerdo al
principio de división de poderes". La resolución sostiene que el aguinaldo
de los judiciales está contemplado en la Ley 10163 "de forma que no podría
ser regulado por esta Corte en modo diferente o, al menos más gravoso, sin
contradecir esa norma legal".
En se punto, fundamentan la decisión en que las materias de
la legislación general conciernen al Poder Legislativo "y los poderes
públicos no pueden delegar las potestades que les han sido conferidas por la
Constitución, ni arrogarse el ejercicio de aquellas que no les ha confiado el
ordenamiento jurídico".

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