Las causas por reclamo de derechos básicos como la vivienda
o la salud se multiplican en los tribunales porteños y en este marco, la
defensa pública de la Ciudad planteó ante la Legislatura la necesidad de contar
con más días para armar un argumento contundente en caso de recurrir al TSJ.
Diez días para recursos de inconstitucionalidad y 5 días para la queja por
denegación propuso el Defensor General de la Ciudad.
Por Redacción NU
La garantía de derechos básicos de la población más
vulnerable de la Ciudad como la vivienda, la salud o la educación centran
numerosas causas impulsadas por la defensa pública porteña. Frente a los
numerosos amparos presentados en los tribunales porteños y ante las reiteradas
acciones que estas causas requieren, la Defensoría General de la Ciudad
encabezada por Mario Kestelboim presentó ante la Legislatura de la Ciudad un
proyecto para que se amplíen los plazos para que la defensa pueda argumentar su
posición en recursos ante la última instancia local, el Tribunal Superior de
Justicia.
Las diferencias en materia de visión jurídica entre la
defensa pública porteña y el TSJ en temas como la problemática habitacional son
conocidas y llevaron a la Defensoría General ante la Corte Suprema de Justicia
de la Nación. Frente a esta situación la defensoría porteña impulsó una
modificación a la ley de amparo argumentando que la actual normativa en lo
referente a plazos para plantear recursos de inconstitucionalidad ante el
Tribunal Superior de Justicia o plantear la queja por denegatoria “conspira”
con “la adecuada defensa técnica” afectando “el derecho de defensa en juicio y
la tutela judicial efectiva”.
“Este proyecto modifica en el marco de la acción de amparo
los plazos procesales vigentes para la interposición del recurso de
inconstitucionalidad (art. 22 de la Ley Nº 2145) y de queja por denegación de
aquél (art. 23 de esa norma), llevando el primero de los actuales cinco días a
diez días y el segundo de los actuales dos días a cinco días, plazos que
coincidirían de esa manera con los originariamente previstos en la Ley Nº 402
para la interposición de esos recursos”, expresa el proyecto.
Y remarca: “En el breve término que acuerda la ley (cinco y
dos días) no es posible articular razonablemente un cuestionamiento serio
contra los fundamentos de una sentencia judicial”.

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