"RESISTIREMOS COMO NUESTROS MAYORES"
Viernes, 09 de Noviembre de 2012 23:31
(AW) A requerimiento de la comunidad mapuche-tehuelche Kospi
de Fiske Menuco y del CAI, el tantas veces polemico Instituto Nacional de
Asuntos Indígena (INAI) asumió ante la justicia ordinaria de Río Negro el
compromiso de pago de honorarios y costas por las que varias fracciones del
territorio ancestral mapuche están embargadas y sujetas a remate. Mario Roja,
lonko de Kospi fue condenado por la justicia civil a pagar honorarios a Dino
Maugeri, abogado de la empresa urbanizadora Las Caletas SA, por la labor
profesional en el despojo y desalojo de 12 hectáreas ubicadas sobre la costa
norte del río Negro, a la altura de Stefenelli. La jueza Susana Teresa Burgos,
subrogante del juzgado civil Nº1 de Roca, fijó para mañana el remate de un
primer lote urbano para cobrar esos honorarios, continuando después con el
remate de las fracciones de chacra donde viven los miembros de la comunidad.
La defensa de Roja pidió hoy ante el juzgado civil el
levantamiento del embargo y del remate de mañana con el compromiso de pago
asumido por el INAI.
Están embargadas judicialmente e irán a remate varias
fracciones del territorio ancestral (incluyendo en primer término un lote
urbano) que el sistema jurídico actual no acepta inscribir como
"comunitarias" en el Registro de la Propiedad Inmueble, ya que la ley
que reglamenta dicho registro no establece la posibilidad de llevar adelante
ese tipo de anotaciones. Por tanto es imposible registrarlas de modo distinto
al que fue hecho a título de propiedad privada individual por don Mario Roja.
No obstante esa imposibilidad jurídica y
política-institucional, tanto el Juzgado 1 como la Cámara de alzada le
reprochan a Roja que los bienes embargados para rematar no son patrimonio
comunitario ni territorio ancestral y, por tanto, niegan toda invocación de
derecho propio como pueblos originarios así como niegan de hecho la
intervención del INAI en relación a los casos que afectan a Kospi.
Además, las fracciones embargadas y dispuestas para el
remate en el expediente en cuestión fueron relevadas en 2009 por el ETO Río
Negro en convenio con el INAI como territorio Mapuche con posesión actual y tradicional
de la comunidad en el marco del art. 3 de la ley 26.160 cuya carpeta técnica
está en poder del INAI, así como de organismos provinciales dependientes del
ministerio de Gobierno de Río Negro. Ese relevamiento es anterior al desalojo
judicial dispuesto por este mismo juzgado en diciembre de 2009, actuaciones que
dieran lugar justamente a los honorarios cuyo cobro exige Maugeri, abogado de
la firma Las Caletas SA.
La jueza Susana Teresa Burgos define ahora si se ajusta a
aplicar la legislación vigente o si responde sólo a los intereses del capital
concentrado del alto valle de Río Negro.
Wüllayaiñ ta Wallmapu, newentuaiñ chumngechi femkefulu taiñ
fütakecheyem
(no entregaremos el Territorio, resistiremos como nuestros
mayores)
CAI
Fuente: http://www.agenciawalsh.org/aw/index.php?option=com_content&view=article&id=9570&Itemid=85

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