En este fallo la justicia declara la inoponibilidad al trabajador del carácter no salarial asignado a determinados rubros mediante un acuerdo colectivo.
Admite el reclamo por diferencias salariales deducido por una trabajadora contra la empresa de telefonía demandada.
Señala que si bien el sindicato “acordó” con la empresa, en sede administrativa, que determinadas sumas de dinero que abonaba a los trabajadores no tuvieran carácter salarial, este acuerdo es inoponible a la trabajadora, pues la naturaleza de un rubro está reservada a los jueces, al ser una cuestión esencialmente jurídica, y ni siquiera el propio trabajador podría haber convenido esto eficazmente, porque afectaría su remuneración a la baja, máxime si se trata del salario que tiene naturaleza alimentaria y es de orden público.
Añade que, considerar que la irrenunciabilidad solo funciona en el orden individual, implica desconocer el carácter general del principio.
Noguera, Patricia Mónica y Otros c Telefónica de Argentina S.A. s Diferencias de salarios
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 28022013

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Envíe su consulta, contestaremos a la brevedad en el horario de Lunes a Viernes de 09 a 19hs.
Saludos cordiales.