22 de agosto de 2013

El teléfono celular forma parte del salario de los trabajadores

Este fallo trata sobre el reclamo de indemnización por despido de un trabajador al cual la empresa le proveia un telefóno celular.

Otorga carácter salarial, a los efectos del cálculo de la indemnización por despido (art. 245 L.C.T.), a los gastos derivados de la provisión de un teléfono celular a la trabajadora por parte de la empresa demandada, dado que la entrega del mismo fue efectuada con el fin de que cumplimentara sus obligaciones, incluidas las supuestamente realizadas fuera de la jornada normal de trabajo, por lo cual su uso no se encontraba limitado a las cuestiones laborales sino también a las personales, generando el ahorro de un gasto para la trabajadora. 



Causa: Lunven, Valerie Anne Jaqueline c/ Telecom Argentina S. A. s/ despido.                         CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

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