Desde Abogados en Cooperativa compartimos la posición de los compañeros.
18 de diciembre de 2013 a la(s) 19:00
Ante el arbitrario e infundado fallo que condena con las más altas penas a los trabajadores de Las Heras, manifestamos:
La
continuidad de nuestra más absoluta solidaridad y la puesta a
disposición de los imputados y sus defensas a fin de que cuenten con
nuestra asociación, con nuestros colegas y con todo el apoyo irrestricto
que podamos dar para lograr la absolución de los compañeros.
Asimismo
repudiamos el fallo –en mayoría- condenatorio, por infundado, carente
de solvencia técnica y sin ningún elemento probatorio material que pueda
respaldar semejante arbitrariedad que no sea su propia subjetividad e
intereses políticos.
Tal resolución en ningún momento ha tomado en
debida consideración, al examinar los hechos, el contexto atípico en
que se dieron; esto es, la situación concreta de protesta sindical,
laboral y social, absolutamente legítima, al igual que resultó legítimo
el posterior pedido de libertad a los detenidos. Por lo contrario, ha
buscado deslegitimar la protesta, criminalizándola.
Tanto la
instancia autora de esta resolución como el poder político nacional y
provincial saben perfectamente que esto es así. Lo sabe el poder
político nacional porque fue reconocido expresamente en sus discursos
por su máxima autoridad en aquel momento. Lo sabe la máxima autoridad
provincial porque tuvo todo un pueblo, el de Las Heras, levantado en ese
momento, pidiendo la libertad de los compañeros. Y lo sabe la autoridad
judicial, porque da absolutamente cuenta de ello en su extenso fallo,
describiendo el marco de protesta social existente, todo lo cual deviene
contradictorio con su conclusión final condenatoria.
El fallo
legitima las peores aberraciones que pueden cometerse en la
administración de justicia en un estado de derecho. En el momento de los
hechos investigados, se dieron allanamientos ilegales, torturas,
declaraciones en sede policial sin la presencia de defensores, todo ello
con la participación activa y presencia de la jueza instructora y la
defensora pública.
Lo peor del fallo es que no omite estos hechos,
sino que los convalida. Única forma de poder dibujar una condena. Y
esto es así porque es obvio que la causa jamás debió llegar a juicio tal
como lo reconoció el propio fiscal de Cámara o que, una vez llegada,
debió ser nula de nulidad absoluta como indicó en algunos pasajes el
voto en minoría.
El fallo violenta principios básicos del derecho
tales como el estado de inocencia, el derecho a una acusación única, el
principio de congruencia, el beneficio de la duda, la igualdad ante la
ley.
El poder político nacional y provincial es corresponsable de
esta situación, porque el origen de esta criminalización de la protesta
social, son todas las luchas y reclamos sociales ante acciones y omisión
por parte de los estados y sobre todo de los gobiernos. De manera que
no pueden escudarse en la aparente independencia judicial, eludiendo con
ellos sus responsabilidades.
Por todo ello, ratificamos nuestro
rechazo a la resolución condenatoria, reiteramos nuestra absoluta
solidaridad con los compañeros y nos ponemos a su disposición y la de
sus defensas.
La Gremial de Abogadas y Abogados de la Argentina
18 de diciembre de 2013

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