El superior tribunal de Justicia de la Provincia de
Corrientes confirmó la condena impuesta a la firma propietaria de una estación
de servicio por las lesiones que provocaron al actor dos de sus empleados por
un altercado.
Refiere que, la solución de la Cámara se sostiene con el
factor de atribución del riesgo creado, toda vez que para así extender el deber
de responder atendió que el hecho dañoso de sus dependientes ocurrió cuando
éstos se encontraban "en ocasión" de la función encomendada.
Agrega que su solución constituye una derivación razonable
del ordenamiento jurídico aplicable aquellos factos tenidos por decisivos, al
encontrar incluso apoyo normativo expreso en el art. 43 CC, en cuanto
responsabiliza a la persona jurídica por los daños que causen quienes la
dirijan o administren, "en ejercicio o con ocasión de sus funciones".
Responsabilidad por el hecho del dependiente.
Roldán, Jorge Alberto c/ Facundo, Daniel; Diaz, Carlos
Luciano; Taborda, Estación de Servicio Parador del Sol s/ daños y perjuicios
Fallo del 19 de diciembre de 2013

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