28 de agosto de 2014

Femicidio, el último eslabón de la violencia hacia las mujeres


El término femicidio es un neologismo creado a través de la traducción del vocablo inglés "femicide" y se refiere al asesinato evitable de mujeres por razones de género.

 El mismo tiene una finalidad política que es la denuncia a la naturalización de la sociedad en
su conjunto hacia ciertos estereotipos que se reproducen en el marco de una sociedad patriarcal. El
Femicidio es una de las formas más extremas de violencia hacia las mujeres, es el asesinato cometido
por un hombre hacia una mujer a quien considera de su propiedad. Y es considerado el último eslabón de esta cadena de violencia tantas veces invisibilizada.


El concepto fue desarrollado por la escritora estadounidense Carol Orlock en 1974 y utilizado
públicamente en 1976 por la feminista Diana Russell, ante el Tribunal Internacional de Los Crímenes
contra las Mujeres, en Bruselas.

El fin del femicida es matar, castigar o destruir psíquicamente a la mujer sobre la cual ejerce
la dominación, y es en este marco en el cual se entretejen por un lado la violencia desde los vínculos
dentro o fuera de la casa y por el otro todo un andamiaje político-social cómplice de esta cadena de
violencia. Esto es desde los operadores judiciales, los órganos de prevención, las instituciones y el
mismo Estado. Quienes operan desde la acción u omisión como reproductoes de estos patrones y al
mismo tiempo generando todo un contexto de desigualdad en relación al ejercicio de los derechos de
las mujeres, quienes se ven en una situación de extrema vulnerabilidad ante este tipo de casos.

De acuerdo a las estadísticas realizadas por el Observatorio de Femicidios en Argentina
“Adriana Marisel Zambrano” dirigido por la Asociación Civil La Casa del Encuentro, “cada 30 horas
una mujer fue asesinada por violencia sexista en Argentina en el año 2013.” Y los datos alarmantes continúan. 1236 Femicidios en cinco años. 95 Femicidios Vinculados de Varones y de Niños.

Es importante tener en cuenta estos datos para remarcar y solicitar la necesidad de
políticas públicas destinadas a prevenir y erradicar la violencia de género. Algunos ejemplos son: La reglamentación de los artículos pendientes de la LEY No 26.485. Ley de Protección Integral para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales ; Dialogo / Pacto y Consenso Social Político para el diseño de un Plan Nacional para la erradicación de la violencia de género, compuesto por el Ejecutivo Nacional, Ejecutivos Provinciales, Poder Judicial, Poderes Legislativos, Fuerzas de seguridad, Universidades,
Asociaciones Sindicales, Partidos Políticos y Organizaciones de la Sociedad Civil ; Apertura de Oficinas de Violencia Domestica de la Corte Suprema de Justicia en todas las provincias, tendientes a agilizar las medidas cautelares de protección ; Protección integral y efectiva desde una perspectiva de género para

la mujer víctima de violencia; Garantizar el acceso a la justicia con patrocinios jurídicos gratuitos en
todo el país especializado y capacitado en la temática, para las mujeres víctimas de violencia de género; más Hogares/Refugio en la emergencia, Hogares de Día para víctimas, con una asistencia
interdisciplinaria desde una perspectiva de género, con el objetivo, de proteger en la emergencia y
fortalecer a las víctimas para que puedan de esta forma rearmar un proyecto de vida libre de violencia; Intensificar Campañas de Prevención e Información; Incorporación en todas las programas educativos de los diferentes niveles la temática de violencia sexista.

Es necesario considerar a la violencia sexista, como una cuestión política, social, cultural y de
Derechos Humanos, de esta forma se podrá ver la grave situación que viven las mujeres, niñas y niños en la Argentina como una realidad colectiva por la que se debe actuar de manera inmediata.

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