12 de noviembre de 2014
Prisión preventiva: Cuando la excepción se convierte en regla...
La “Prisión Preventiva”, es la principal medida cautelar prevista en el ordenamiento procesal de la Provincia de Buenos Aires. Ello es así, por cuanto es la más grave de todas ellas, toda vez que por las dilaciones indebidas de la justicia, una privación de la libertad puede durar varios años sin que la persona haya sido juzgada y condenada.
Asimismo, decimos que es la principal medida porque pese a los “esfuerzos” legislativos y jurisprudenciales destinados a limitar su aplicación, la misma se convirtió en la regla general para cierto grupo de delitos cometidos en función de lo que se ha dado en llamar- principalmente por los medios de comunicación- “ inseguridad ciudadana”.
Prima por estos tiempos un discurso generalizado que tiende a la existencia y reafirmación de un Estado policial, en el cual el que es excluído no es candidato a la inclusión, sino a la cárcel.
La “seguridad”, trastocada por los medios de comunicación con el prefijo “ in”, se limita a ser tratada desde una visión meramente represiva y policial de la cuestión.
Por otra parte, en este mecanismo perverso que pretende prometer un futuro próspero sin gente indeseable y excluyendo a los excluidos, tiene como principal protagonista a la fuerza policial. Es decir, que el primer filtro de selectividad penal está en cabeza de sujetos sin capacitación alguna, como lo son las fuerzas policiales.
Ello implica que gran parte de los recursos humanos y temporales del Poder Judicial Provincial estén avocados a delitos de poca trascendencia como por ejemplo los arrebatos en la vía pública y la tenencia de drogas para consumo. Así, en breve tiempo, estas personas se cargan de antecedentes lo cual generalmente opera como causal para denegar las excarcelaciones.
Paradójicamente,no sucede lo mismo con el delito organizado, como la venta de drogas, la corrupción y la trata de mujeres, el cual pocas veces es cooptado por el sistema penal y casi nunca implica una restricción a la libertad ambulatoria de las personas que están en cabeza del mismo, siendo que se trata de delitos cuyas consecuencias son nefastas para grandes sectores de la población.
Esta breve explicación acerca del “ fenómeno criminológico” imperante, pretende ser expuesta a los fines de tomar conciencia de que el problema de la detención durante el proceso tiene directa vinculación con los sectores que selecciona el estado a los fines de ser criminalizados – sectores de clase baja- , el tipo de causas que tramita en este sistema específico, como se nutre de causas ese sistema y en definitiva a qué intereses responde esta no-casual selectividad que opera en el ámbito del sistema represivo y policial.
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