Contrato por tiempo determinado. Fraude laboral. Condena al GCBA a indemnizar, conforme la ley de empleo público local, a una escritora que prestó servicios en la Secretaría de Cultura por un período superior a quince años. Advierte que la demandada incurrió en desviación de poder al encubrir una designación permanente bajo la apariencia de un contrato a término, en tanto la legislación local impone un límite de cuatro años para las contrataciones transitorias, y las tareas desarrolladas por la actora eran propias del régimen de carrera y debieron ser efectuadas por personal de planta permanente. En consecuencia, la trabajadora tenía una legítima expectativa de permanencia laboral, y por ello merecedora de la protección que otorga el artículo 14 bis de la Constitución Nacional contra el despido arbitrario.
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D'Abate María del Carmen c/GCBA s/ Cobro de pesos

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