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11 de julio de 2016

Información para trabajadores de la construcción

Si sos trabajador de la CONSTRUCCIÓN tenés que saber lo siguiente:

-Al comenzar la relación laboral, tu empleador debe inscribirte en el IERIC (Instituto de Estadistica y Registro de la Industria de la Construcción) y entregarte la Credencial de Registro Laboral.
-Al finalizar la relación laboral, tu empleador tiene que abonarte el FONDO DE CESE LABORAL y entregarte la libreta de aportes.
-Tus tareas deben corresponderse con la categoría que dice tu recibe de sueldo y te tienen que pagar según la escala de convenio. Tu empleador debe respetar la jornada legal establecida, y abonarte las horas extras en caso de que las hagas.

Este régimen está basado en la idea de la "temporalidad" del rubro de la construcción y provoca situaciones de explotación constantes.

Si creés que no se están respetando tus derechos, consultá. Te asesoramos sin cargo.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 45567 SALA VI Expediente Nro.: CNT 38955/2018 (Juzg. N° 51) AUTOS: “GONZALEZ RAUL FABIAN C/ MINISTERIO...