A 36 años del golpe militar, los abusos
sexuales cometidos durante la dictadura militar son considerados delitos de
lesa humanidad porque se dieron en el marco del plan represivo, tras una
confirmación en febrero pasado por parte de la Cámara Nacional de Casación
Penal.
Fue la Sala IV de ese tribunal la que
ratificó la condena a prisión perpetua del ex suboficial de la Fuerza Aérea
Gregorio Molina por dos homicidios, 36 casos de secuestros y torturas y cinco
violaciones a mujeres detenidas en el centro clandestino La Cueva de Mar del
Plata.
“Los abusos sexuales en La Cueva no
constituían hechos aislados, sino que conformaban una práctica habitual que se
exteriorizaba a través de diversas conductas que lesionaban el marco de
protección a la integridad sexual previsto por el ordenamiento legal”,
argumentaron los camaristas Mariano Borinsky, Gustavo Hornos, y Juan Carlos
Gemignani.
Ya en octubre del año pasado un informe de
la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las Causas por Violaciones a
los Derechos Humanos cometidas durante el Terrorismo de Estado, advertía que
los delitos sexuales cometidos por los represores debían considerarse
"delitos de lesa humanidad".
En el documento afirmaban que "la
circunstancia dirimente para subsumir un acto determinado en la fórmula de los
delitos de lesa humanidad es que haya formado parte del ataque que opera como
contexto de acción en este tipo de crímenes”.
En el documento, titulado
"Consideraciones sobre el juzgamiento de los abusos sexuales cometidos en
el marco del terrorismo de Estado", explicaron que "un acto de abuso
sexual quede capturado por la categoría de los crímenes contra la humanidad no
depende de la frecuencia, sistematicidad o generalidad con que hayan ocurrido
actos de este tipo" sino que "haya formado parte del ataque que opera
como contexto de acción en este tipo de crímenes".
En abril de 2010, el Tribunal Federal de
Santa Fe, que condenó a 11 años de prisión a Horacio Américo Barcos, un agente
civil de Inteligencia de esa provincia, emitió el primer fallo en el país que
estableció la violación como delito de lesa humanidad y tan imprescriptible
como la tortura.
La querellante de la causa, Amalia Ricotti,
convivió con el secreto de la violencia sexual durante 32 años.
Este fallo fue seguido por otro similar en
Mar del Plata, donde la Justicia condenó a prisión perpetua a Gregorio Molina,
por homicidio agravado, violaciones reiteradas agravadas, privación ilegítima
de la libertad y tormentos agravados.
A estos se agregaron testimonios en
Rosario, en las audiencias de la causa Díaz Bessone, en el Tribunal Federal
Oral 2 de Rosario, donde dos testigos y víctimas, Stella Hernández y Elida
Deheza, lo contaron en nombre propio.
Sin embargo, otro de los testigos en esta
causa en Rosario, Daniel Gollán, refirió que había sido empalado, mientras los
torturadores hacían alusiones a su sexualidad, de manera que no sólo las
mujeres fueron víctimas de este delito específico.
Luego, también en 2010, dos represores
fueron detenidos en el juicio por delitos de lesa humanidad que se desarrolla
actualmente en Mendoza por violaciones a las prisioneras.
Las violaciones a las prisioneras eran
consideradas "hechos eventuales" y por lo tanto prescribían, pero
desde el año pasado, al comprobarse que se trataba de una práctica sistemática,
se las equiparó a otras torturas.
En enero de 2011, en Tucumán, el juez
federal Daniel Bejas equiparó los ataques sexuales contra las
detenidas-desaparecidas con los crímenes de lesa humanidad.
Militares, gendarmes, policías y civiles,
entre ellos un sacerdote y el titular de una de las escribanías más importantes
de la provincia, fueron procesados por la Justicia Federal en la megacausa
"Arsenales".
Están acusados de "violación de
domicilio, privación ilegítima de la libertad, torturas agravadas, torturas
seguidas de muerte, delitos sexuales, homicidio agravado y asociación ilícita
agravada, en el contexto del crimen de genocidio".
La Justicia ordenó por primera vez el
procesamiento de represores acusados de violar a detenidas.
En junio de 2011, en el marco del juicio
oral por violaciones a los derechos humanos cometidos en la ex ESMA, el Centro
de Estudios Legales y Sociales (CELS) pidió en su alegato que se inicie una
investigación autónoma por los delitos de violencia de género cometidos en ese
centro clandestino de detención.
Ya en 2007, el fiscal federal Federico
Delgado solicitó al juez Daniel Rafecas que investigue a los represores Julio
Simón, Samuel Miara y Juan Carlos Falcon, por abusos sexuales que sufrieron
detenidos en centros clandestinos.
Esta fue la primera vez desde la revisión
penal del terrorismo de Estado, que se pidió que los abusos sexuales y
violaciones que sufrieron algunas personas secuestradas sean investigados por
la Justicia Federal.

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