Varios portales periodísticos de la ciudad de Ushuaia
reemplazaron este lunes todas las imágenes que acompañaban las noticias del día
por una sola: “libertad de expresión”. Aludían así al fallo con el que el
Tribunal Superior de la provincia condenó a pagar 50 mil pesos a los herederos
del ex senador José Martínez, el primer condenado post morten, ya que falleció
el 7 de julio de 2011 pasado en un accidente automovilístico. Martínez, hace 10
años, denunció al fiscal provincial Virgilio Martínez Sucre. En el marco de un
pedido de juicio político, señaló a Sucre como “cómplice” de “los grandes
intereses corporativos, políticos y económicos que vaciaron la provincia”. Por
entonces, la Legislatura rechazó el pedido de juicio político, y Martínez de
Sucre inició una causa por “daños y perjuicio” ante la Justicia Civil que
podría haber desestimado cuando Martínez murió, pero decidió continuar. Ahora,
su viuda y sus 4 hijos fueron condenados a pagar 50 mil pesos, de acuerdo a una
sentencia que rompe un récord en cuanto a los límites de la libertad de
expresión.
El fallo deja así un antecedente peligroso: establece una
nueva frontera entre las críticas y los funcionarios públicos. Tal como lo
interpretó en su dictamen el jefe de los fiscales Oscar Fappiano “Ninguno de
los calificativos (con los que el fallecido se refirió a Martínez de Sucre) se
refiere a la vida privada del actor sino a su actuación como Fiscal de Estado.
Todas las expresiones se refieren a asunto de evidente interés público. Esta
circunstancia debió ser tomada en cuenta a la hora de estimar el daño”. También
señaló que las personalidades públicas “tienen un mayor acceso a los medios
periodísticos para replicar falsas imputaciones”. Sin embargo, en su instancia
de apelación, el Tribunal Superior desestimó estos argumentos y confirmó la
condena, en un fallo escueto.
El único integrante del Tribunal que fundamentó su voto fue
el juez Gonzalo Sagastume, quien alega que Martínez abusó de su derecho de
libertad de expresión y afectó el honor del fiscal. Luego define que el
funcionario “es ante todo una persona” y defiende su derecho a mantener su
“imagen” social. Esta sería la nueva frontera de la impunidad: el supuesto daño
que las críticas públicas pueden ejercer sobre “la imagen social” de un
funcionario es un bien jurídico que este fallo protege, por encima del derecho
humano a la libertad de expresión.
Ahora, los herederos de Martínez podrían acudir a la Suprema
Corte de Justicia de la Nación con un recurso extraordinario federal (o un
recurso de queja), pero mientras tanto el fiscal de Estado estaría habilitado
para iniciar la ejecución de la sentencia, y por lo tanto, exigir el pago del
monto indemnizatorio fijado por la justicia.
Un antecedente peligroso
El pedido de juicio político al fiscal Martínez de Sucre
data de 10 años atrás, pero sus repercusiones son toda una novedad. En febrero
de este año, la jueza civil de Ushuaia , Adriana Rapossi, condenó a la
asociación Participación Ciudadana al pago de una indemnización de 10 mil pesos
por haber criticado al mismo fiscal, a través de los medios de comunicación.
Fue hace 10 años y en el mismo marco del pedido de juicio político que
contextualiza las expresiones tanto de esta oenegé como del ahora condenado
post morten.
“La jueza Rapossi ha trazado una línea divisoria
estableciendo cuál es el límite de la crítica pública en Tierra del Fuego. A
partir de ahora, como mínimo, periodistas, dirigentes sociales, sindicales y
opositores quedan abarcados con la restricción que la jueza acaba de imponer”,
interpretó el titular de esa oenegé, Guillermo Worman, al conocerse la condena.

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