Una red de organizaciones sociales que trabaja contra la
violencia hacia las mujeres destacó el trabajo del procurador general de La
Pampa, Mario Oscar Bongianino, por el jury que se realiza al juez Carlos Antonio
Flores, uno de los magistrados que autorizó la figura del
"avenimiento" que terminó con el femicidio de Carla Figueroa.
"Sin lugar a dudas el actuar del juez Flores posibilitó
el asesinato de Carla" el año pasado, afirmó a Télam Diana Rosenhek, abogada
de la asociación Shalom Bait.
La ONG, junto a Dignos de Ser, Nuestras Manos, Enlaces
Territoriales para la Equidad de Género y las asociaciones Pablo Besson y
Especialistas en Violencia Familiar (Acevifa), conforman la red "La
violencia contra las mujeres siempre mata".
Ayer, comenzó en la capital pampeana el jury de
enjuiciamiento a Flores, uno de los integrantes del Tribunal de Impugnación
Penal de La Pampa que autorizó, el año pasado, el casamiento de la joven con su
violador, Marcelo Tomaselli, basándose en la ahora derogada figura penal del
avenimiento.
La decisión del juez liberó a Tomaselli, ya que el
avenimiento preveía "el perdón" del delincuente si se casaba con su
víctima. Tomaselli mató a Carla Figueroa una semana después de contraer matrimonio.
La sentencia de Flores fue avalada por su par Gustavo Adolfo
Jensenm quien pidió jubilación anticipada, razón por la cual no está siendo
juzgado, mientras Pablo Balaguer, fue el único magistrado del Tribunal que votó
en contra.
El procurador general de La Pampa, Mario Oscar Bongianino,
acusó al juez, quien está suspendido, "por mal desempeño en sus funciones
al dictar una resolución judicial contraria al plexo normativo vigente que
permitió la libertad de un acusado de un grave delito en el contexto de
violencia de género, que desencadenó en el femicidio de Carla".
Ante el inicio del jury, la abogada de la asociación Shalom
Bait dijo a Télam que el lunes la red de organizaciones presentó ante el
Parlamento de las Mujeres de la Legislatura porteña una declaración para apoyar
el trabajo del procurador y el jury contra el juez.
"Ahora esperamos que tome estado parlamentario ya que
fue aprobado por unanimidad en el Parlamento", dijo.
Para la dirigente, Flores "no sólo no hizo una lectura
profunda e integral de la prueba, sino que también ignoró toda la legislación
vigente relativa a la protección contra la violencia de género, circunstancia
que llevo al asesinato de Carla Figueroa".
No dudó al afirmar que "el hecho hubiera sido evitable
si el magistrado hubiera actuado con la probidad que le requería su
cargo", por lo que ahora "debe ser responsable de las consecuencias
que su decisión causó y responder ante la sociedad por su sentencia".
"Más que evidente es que el juez Flores actuó llevado
por los prejuicios que influyen en el modo en el que las instituciones
reaccionan frente a la violencia contra las mujeres", agregó.
El jurado de enjuiciamiento está presidido por el titular
del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, Eduardo Fernández Mendía, y
conformado por los diputados Martín Berhongaray (FrePam-UCR), María Silvia
Larreta (PJ) y los abogados Sergio Escuredo y Ana Mariela Bonaver.
En la audiencia de hoy declaró Armando Agüero, el abogado
defensor del violador que pidió el avenimiento, y la ex jueza de Paz, Marta
Susana Covella, que concretó al casamiento.
Ayer lo hicieron como testigos los jueces de General Pico,
ciudad donde sucedieron los hechos. Se trata de Alfredo Alonso, Florentino
Rubio y Carlos Pellegrino, quienes hicieron efectiva la libertad de Marcelo
Tomaselli.
Mañana se conocerán los alegatos y el martes próximo se
leerá el pronunciamiento del tribunal.
El asesinato de Carla generó que el Congreso nacional
derogara este año el artículo 132 del Código Penal que permitía que,
excepcionalmente y bajo ciertas condiciones, una víctima de violación
"libremente y en condiciones de igualdad" decidiera casarse con su
victimario para que éste fuera perdonado.
Para la representante de Shalom Bait nada de esto fue
considerado por el juez: "Estaba obligado a evaluar todos los antecedentes
antes de tomar una decisión de carácter excepcional. Ante la existencia de un
caso de violencia de género surge el deber ineludible de pensar y de evaluar
todas las posibilidades y riesgos".
Fuente: http://www.telam.com.ar/nota/39802/

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