8 de agosto de 2013

Violencia Doméstica


COMO BRINDAR ASISTENCIA A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMESTICA.

Por Daniela Marina Di Pasquale. @Daniabogadacoop
Abogada. Docente de escuela pública y estudiante del Profesorado para la enseñanza media y superior en ciencias Jurídicas de la Facultad de Derecho de la UBA.
Miembro de "Abogados en Cooperativa"

La violencia contra la mujer es un problema que se erige a nivel mundial con proporciones lamentables. Tal es así, que una de cada tres mujeres vivió o vivirá algún tipo de violencia a lo largo de su vida, según estadísticas.

Podemos advertir a partir del concepto de violencia de género, que las relaciones entre hombres y mujeres no son igualitarias, ni tampoco sus posiciones en el seno de la sociedad, en la cual la imagen de la mujer se encuentra permanentemente desvalorizada y desvirtuada. 
Sin perjuicio de la gravedad que el tema reviste y de que los efectos que causa la violencia en la vida y salud de las mujeres y los hombres (ya que ellos también son víctimas del sistema patriarcal) son devastadores, los operadores jurídicos no están debidamente preparados para atender las demandas femeninas, incluyendo la necesidad de tomar y dar curso a las denuncias acerca de hechos de violencia con un perspectiva de género y de derechos humanos.

A pesar de las deficiencias del sistema y la discriminación judicial que por lo general revisten las cuestiones de violencia de género, sostenemos que sigue siendo importante efectuar la denuncia respectiva, conjugando lo legal con la solidaridad entre todas las  mujeres que, por el sólo hecho de serlo, también son víctimas de violencia.


LO QUE DEBEMOS HACER.
Resulta necesario escuchar  y generar un ambiente seguro para que la víctima cuente el problema que está atravesando. Hay que brindarle información completa de las instituciones que tengan intervención en la problemática. Es importante hacerle sentir que no está sola y no juzgar sus decisiones, en primer lugar es importante ayudarla a contar los hechos para realizar la denuncia.
Simultáneamente habrá que realizar gestiones, para que posteriormente a la denuncia, la persona no regrese al mismo domicilio, para resguardar la integridad física de la mujer y sus hijos.

UN LUGAR PELIGROSO.
Recordá que las mujeres y niños que están padeciendo una situación de violencia sufren dificultades para tomar decisiones personales, por temor a las consecuencias que ello puede acarrear. Sus derechos humanos son pisoteados  y el sometimiento constante a situaciones de violencia les impide vivir. Un ámbito que se supone debería ser seguro como es la familia, deja de serlo.

PEDIR LA MEDIDA CAUTELAR DE EXCLUSION DEL HOGAR.

Al momento de realizar la denuncia, hay que pedir la exclusión del hogar conyugal de la persona violenta. Se trata de una medida cautelar para que el cónyuge o concubino violento se retire del hogar, extendiéndose la medida por un plazo que puede ser de 30, 60 o 90 días, dependiendo del caso. 
Terminado el plazo, la medida puede prorrogarse a pedido de la víctima. Tratándose de una medida cautelar, mientras tanto deben tratar de resolverse otras cuestiones de fondo y las medidas a tomar, esto es: divorcio, separación etc.
Muchas veces las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar deben resignar su situación en vista de la necesidad económica. Terminan así soportando sublimes situaciones de humillación o agresión. Por ello, es importante señalar que el pedido de exlusión del hogar puede ser acompañado de la petición de alimentos provisorios, de manera de poder enfrentar las naturales necesidades de una casa.

DONDE SE REALIZA LA DENUNCIA.

En el ámbito de la Capital Federal la Corte Suprema de Justicia de la Nación, creó una oficina de violencia doméstica que atiende las 24 horas todos los días, en Lavalle 1250, PB, CABA. 4370-4600 Int. 4510/4, mail: ovd@csjn.gov.ar. En la Ciudad se puede llamar a las líneas 103 o 0800-666-8537. La línea 137 brinda asistencia integral con equipos interdisciplinarios que tratan la salud emocional y la integridad física de la mujer. Para denunciar violencia contra los niños se puede llamar al 102.
En la provincia de Buenos Aires desde el año 200 existe una ley de violencia familiar que establece que las Comisaría de la Mujer deben recepcionar éste tipo de denunciar y los jueces deben intervenir en un plazo no mayor de 48 hs. Los jueces deberán tomar las medidas necesarias a los fines de evitar la repetición de los actos de violencia y para asegurar la custodia y protección de las víctimas.
En el caso de que algún funcionario público o miembro de fuerzas de seguridad no quiera  tomar la denuncia está facultada cualquier víctima a solicitar su nombre, apellido y función.

QUE EL ESTADO SE HAGA CARGO
Sabemos que la realización de la denuncia  puede ser el comienzo  un camino arduo, ya que conocemos que las instituciones y prácticas jurídicas tienden a invisibilizar las necesidades jurídicas específicas de las mujeres, pero seguimos considerando y promoviendo la importancia de estar informadas y de exigir el cumplimiento de nuestros derechos, entre ellos, efectuar una denuncia y tener acceso a una justicia preparada para atender con la especificidad que éstos casos requieren.
Creemos que la plena conciencia de los derechos que nos asisten sumado a la solidaridad de género sin barreras ideológicas ni generacionales, puede colaborar a visibilizar el problema que afecta a millones de mujeres. Una sociedad que tolera que las mujeres sean humilladas, maltratadas golpeadas y violadas por el sólo hecho de serlo, es una sociedad que discrimina. 
Nos compete a todos trabajar arduamente y exigir incansablemente a los organismos públicos dejar de vivir en una sociedad machista, que año tras año llega a cobrarse miles de muertes brutales y evitables. Pero todo lo anterior es sin dejar de lado la responsabilidad que tiene el estado. Es fundamental que se tomen medidas concretas en todos los planos para terminar con este grave problema de nuestra sociedad.

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