La Justicia determinó que uno de los abogados que integraba el estudio
jurídico contratado por el actor para que le reconocieran juridicialmente el
carácter salarial a ciertos suplementos, es responsable por la totalidad de los
daños y perjuicios ocasionados en virtud de la mala praxis profesional ocurrida
en dicho expediente debido a que los letrados omitieron presentar el recurso de
apelación contra la sentencia que denegó la acción.
Señala que el actor había
otorgado un poder a favor de dos abogados del referido estudio y había suscripto
con ellos un pacto de honorarios y que en la actuación alternativa (no regulada
específicamente en el Código Civil), cualquiera de los mandatarios propuestos y
aceptantes puede realizar todo o parte del negocio encomendado y puede ser
reemplazado en cualquier etapa de la gestión por otro.
En ese sentido considera
que, atendiendo al vínculo de confianza generado entre el accionante y el
estudio jurídico, el letrado demandado debe hacerse cargo del monto total de la
condena.
Fallo C., R. A. c/ A., J. H. s/ daños y perjuicios
5 de noviembre de
2013 CAMARA NACIONAL DE
APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Id Infojus: NV7043

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