En este caso (Bolzán,
Rocío L. contra Actionline de Argentina SA sobre Despido) La Cámara Nacional de
Apelaciones del Trabajo admitió el reclamo de una teleoperadora por diferencias
salariares, ya que se acreditó que cumplía una jornada superior a la prevista
para una empleada a tiempo parcial.
La trabajadora denunció que prestaba tareas seis horas por
días de lunes a sábados y que, no obstante ello, se encontraba registrada a tiempo
parcial.
La demandada, a su turno, adujo que la demandante se
desempeñaba de lunes a viernes seis horas por día pero, de acuerdo a lo que
surge de las testimoniales rendidas en autos se desprende que, tal como fue denunciado en
la demanda, la actora trabajaba de lunes a sábado seis horas diarias lo que
significa que cumplía una jornada semanal de 36 horas.
La Cámara le da la razón a la trabajadora.
La parte actora se queja porque se rechazó su reclamo de
reparación del perjuicio ocasionado por la falta de aportes que debió realizar
la demandada a la Compañía de Seguro La Estrella.
Cabe destacar que los empleados de comercio, comprendidos en
el CCT 130/75 se encuentran incorporados a un seguro de retiro complementario,
que se financia con una contribución patronal del 3,5% sobre la masa salarial.
En el caso, la demandada no acreditó haber realizado los
aportes mencionados, lo que impidió a la actora la posibilidad de acceder a los
beneficios acordados en la reglamentación aplicable.
La Cámara le da la razón a la trabajadora.
Otro punto cuestionado por la parte actora es el rechazo de
la sanción prevista en el art. 15 de la Ley de Empleo extremo en el que también
le asiste razón.
Al respecto, he sostenido que la normativa mencionada ha
tenido como finalidad alentar el blanqueo de la relaciones laborales sumergidas
en la clandestinidad, sancionando las conductas evasoras, tal como se desprende
del informe de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados de la Nación y
del art. 2º inc. j) de la Ley Nº 24.013.
Pues bien, en el caso en examen, se ha comprobado que la
demandada contrató a la actora bajo la apariencia de un contrato a tiempo
parcial, pero en los hechos resultó acreditado que la accionante excedía dicho
marco.
Por tanto, corresponde condenar a la demandada a entregar
una nueva certificación de servicios y remuneraciones y el certificado de
trabajo dentro de los 5 días de notificada en la ocasión prevista en el art.
132 LO.
Un fallo, ni + ni -. No le cambia la vida a todos, pero es
un pequeño paso, ojalá que se terminen las injusticias de este rubro. Para eso
es importante que los trabajadores se organicen, que tengan delegados. Mientras
tanto, solamente podemos disfrutar victorias parciales.
Si querés el fallo completo, avisá.

ActionLine....gran explotador laboral. También estoy en reclamos laborales. 2 años trabajé 36 hs semanales, y me pagaban como jornada reducida...tengo derechos a reclamas las diferencias? Solidariamente responsables son Lan Argentina y Telefonica.
ResponderEliminarHola Celso! por supuesto que tenés derechos a reclamar las diferencias. Y lo de la solidaridad es un buen punto. Adelante, cualquier duda que tengas escribime a acaivano@cpacf.org.ar Saludos!!
EliminarmIRA SIGO PENSANDO QUE LA MAYORIA PERTENECEN A TELEFÓNICOS Y ESTÁN MAL ENCUADRADOS, PARA MI POR EJEMPLO *112 SI TRABAJAS EN ESE TE CORRESPONDE LA cct 547/03 E SI O SI, SUERTE, SI NECESITAN ALGO ESCRIBIME DRADEPAOLINI@FIBERTEL.COM.AR
EliminarHOLA A MI HIJA QUE ENTRO A PRINCIPIOS DE DICIEMBRE, Y POR HABERSE AGARRADO UNA GASTROENTEROCOLITIS AGUDA Y PEDIR MEDICO LABORAL LA DESPIDIERON, CON UNA LLAMADA POR TELEFONO, ESTAN LOCOS SOLO PORQUE YO SU MADRE TRABAJE Y ENTIENDO DE LEYES LABORALES, NO LA VAN A PASAR. ES MAS LE CORRESPONDIA UN SUELDO DE 5.000 Y LE OFRECIERON 3.100 MAS LAS COMISIONES QUE ELLA QUE VENDIA NO LLEGABAN A LOS 300 PESOS ACA NO VA A QUEDAR ESTO PORQUE ES UNA ASOCIACION ILICITA CON LAS EMPRESAS QUE REPRESENTAN, ASI QUE DENUNCIA. AHORA ESTAN EN SAN TELMO ABAJODE LA AUTOPISTA SIN NOMBRE DE LA EMPRESA PARA QUE NO LOS ENCUENTREN. VOY A ARMAR UNA PAGINA PARA QUE SI SE UNEN CIERREN LOS CALL CENTER O LOS REGULE EL GOBIERNO COMO CORRESPONDE.
EliminarHola, me parece muy bien, la organización es la única forma de vencer este flagelo. Si necesitán una mano avisame nomás,
EliminarUn abrazo
ResponderEliminar..AMI NO ME ALCANZA LAS MONEDAS PARA REMEDIAR EL DAÑO Q ME HAN ECHO.. QUIERO RECLAMAR DIFERENCIA SALARIAL POR EMPLEADO TELEFONICO Y LOS ABOGADOS YA NO SE ARRIESGAN LLEVO MAS DE 7 AÑOS ...
Estimado, enviame un correo electrónico a: acaivano@cpacf.org.ar
ResponderEliminarSaludos
me gustaria hablar con las personas que tuvieron mala experiencia en la empresa, ya que necesitaria de su ayuda. desde ya muchas gracias
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