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7 de enero de 2014

Los sindicatos rechazan el acuerdo de precios

Por Ricardo Carpena para Clarin
                             
        
“Parodia sin sentido”. Así calificó Hugo Moyano al nuevo acuerdo de precios. 

06/01/14

Papá Noel no fue muy generoso con algunos sindicalistas (quizá porque la mayoría no se portó bien), pero hoy los Reyes Magos les dejarán a todos en sus zapatitos un regalo muy particular: un acuerdo de precios que, en lugar de retrotraer los valores a octubre pasado, blanquea las tremendas remarcaciones del último bimestre de 2013. ¿Alcanzará este verdadero paquete, de envoltura tan desprolija, para contener los próximos reclamos salariales, que el Gobierno pretende encarrilar en la franja del 18-20%?

“Si absorbe los aumentos de precios de noviembre y diciembre, el acuerdo no sirve y provocará que ningún gremio exija menos de un 30% en las paritarias”, vaticinó un dirigente de la CGT oficialista.

24 de abril de 2013

El caso Pedraza sacude a la CGT oficialista


POR RICARDO CARPENA

Condenado. La sentencia contra Pedraza, un mensaje para el sindicalismo k. / G 

Puede ser que nada sea como antes. O que todo sea más de lo mismo. Hoy, por ejemplo, la nueva conducción de la Unión Ferroviaria analizará el fallo judicial por el crimen de Mariano Ferreyra y, a priori, lo que parece estar en juego es si encarna o no un “pedracismo sin Pedraza”, como acusa con insistencia la izquierda. Pero hay mucho más: el pronunciamiento puede servir de modelo para el resto de la dirigencia sindical alineada con el Gobierno. Después de todo, el condenado José Pedraza es una parte, aunque decisiva, de esa tríada de complicidades que también integran los funcionarios kirchneristas y los empresarios a cargo de las concesiones de los trenes.

Por eso el mensaje de la flamante cúpula que lidera Sergio Sasia, que asumió el miércoles pasado como el sucesor del sindicalista que acaba de ser condenado a 15 años de prisión, también dará algunas pistas sobre cómo reacciona el gremialismo oficialista ante un gobierno que se desligó, tragedia mediante, de una dirigencia a la que estaba fuertemente vinculada por afinidades políticas y por negocios muy prósperos.

23 de abril de 2013

La CGT y la CTA marchan al Congreso en repudio a la Reforma Judicial


Conferencia de prensa en la sede de la CTA

Martes 23 de abril • 17,30 horas • Lima 609, C.A.B.A.

Este martes a las 17,30 en la sede de la CTA (Lima 609) se llevará a cabo una conferencia de prensa con la presencia de Pablo Micheli en la que detallará las razones de la movilización junto con la CGT liderada por Hugo Moyano que realizará el miércoles a las 13,30 al Congreso de la Nación para repudiar la aprobación de la Reforma Judicial.

21 de enero de 2013

Los trabajadores del Ingenio Ledesma exigen condiciones dignas de trabajo, salud y vivienda


Jujuy

Viernes 18 de enero de 2013, por Redacción * 
Durante el mes de noviembre, el Sindicato de los Obreros y Empleados del Azúcar del Ingenio Ledesma (SOEAIL-CTA) elevó a la Dirección de Trabajo de la Provincia de Jujuy un pedido de inspección denunciando una serie de irregularidades por parte de la empresa que tienen que ver con la seguridad, la higiene y la salud de los trabajadores que habitan los lotes Paulina y Libertad.

Según lo trascendido por los trabajadores del ingenio, se hizo el petitorio de inspección con el objetivo de poder determinar con mayor precisión la situación socio ambiental que dichos trabajadores padecen en los lotes ubicados, uno en Libertad y otro en Paulina, ambos pertenecientes a la Empresa Ledesma SAAI.

11 de enero de 2013

Escrache y denuncia a Montagne por trata, trabajo esclavo y evasión fiscal


(AW) La Alameda y la secretaría de DDHH de la CGT denunciaron penalmente y escracharon este miércoles 9 a la marca de ropa Montagne. Demostraron mediante cámara oculta en un taller de Montagne y el testimonio de una ex víctima costurera que Montagne y los encargados del taller ubicado en Ulrico Schmidl 5580 violan la ley de migraciones, al explotar inmigrantes sin documentación de identidad, por trata de personas artículos del código penal 140 y 145 bis por Trata, por la ley de Trabajo a Domicilio que relaciona al dador de trabajo, el fabricante, con las condiciones laborales y penales respecto al taller donde tercerizan la producción, y por evasión fiscal.

Por: "La Alameda"
La causa tramita en el juzgado federal N° 2 porteño, a cargo de Marcelo Di Giorgi, con el número de expediente 192/13.

A partir de las 13 horas, en la esquina de av. Córdoba y Godoy Cruz, un centenar de trabajadores, entre delegados gremiales, costureros de diversas fábricas entre ellos SOHO, de la cooperativa textil de la Alameda, del Polo Textil de Barracas, cartoneros de la cooperativa El Álamo, trabajadores judiciales, pasando por vecinos y hasta comuneros.

28 de diciembre de 2012

Era un transitorio durante veintiún años


La nota es de Página 12, medio más que oficialista. pero el tema es importante. Y no cambia con ninguno de los gobiernos que tenemos.

ECONOMIA › FALLO DE LA CORTE A FAVOR DE UN TRABAJADOR CONTRATADO DEL ESTADO. SE LE RECONOCIO INDEMNIZACION

La Corte Suprema falló a favor de un trabajador contratado que reclamaba una indemnización por haber sido despedido luego de 21 años de actividad. El demandante prestó servicios para la Armada Argentina. El fallo no resuelve la cuestión de fondo.

La Corte Suprema falló a favor de un trabajador contratado que reclamaba una indemnización por haber sido despedido luego de 21 años de actividad. Los magistrados consideraron que existió una “desviación de poder que tuvo como objeto encubrir una designación permanente bajo la apariencia de un contrato por tiempo determinado”. Desde la CTA advierten que no se resuelve sobre la cuestión de fondo, que es la estabilidad laboral para los contratados y tampoco agrega nuevo material, puesto que hubo fallos anteriores en la misma línea. En tanto, en la Jefatura de Gabinete indican que la decisión de la Corte desnuda “excesos en la modalidad de contratación”, pero resaltan que “la estabilidad en el empleo público no se logra con el tiempo, sino a través de concursos”. En tanto, el diputado del Frente para la Victoria Edgardo Depetri indicó a este diario que “el fallo constituye un avance para derrumbar la precariedad laboral”.

17 de diciembre de 2012

La CTA repudia la violación a la libertad sindical en Mc Cain Argentina S.A.


La Central de Trabajadores de la Argentina  CTA expresa su más enérgico repudio frente a la violación y sistemática de los Derechos Fundamentales del trabajo en la empresa MC CAIN.

Asimismo se solidariza y apoya la lucha de los trabajadores y delegados legítimamente elegidos por sus compañeros de la empresa.

La empresa MC CAIN esconde detrás de su imagen, las peores explotaciones laborales en la Argentina, agravado por la discriminación y la persecución sindical de candidatos y delegados que se ponen al frente de los reclamos de los trabajadores.
 

2 de diciembre de 2012

Amenazaron al secretario de Relaciones Institucionales de la CTA Capital


La Central de Trabajadores de las Argentina, regional Capital, se solidariza con el compañero Mariano Sánchez Toranzo, secretario de relaciones Institucionales, y exige que se esclarezca de manera inmediata los hechos sucedidos en los últimos días, que incluyen amenazas y robos, tanto a él como a su familia.

El martes 27 de noviembre por la mañana la pareja del compañero Mariano Sánchez Toranzo fue amenazada al detener la marcha de su auto en un semáforo de la zona norte. “Callalo o te mato a vos y a tus nenes”, fueron las palabras exactas que le dijo un hombre desde otro vehículo.

El compañero de ATE y la CTA asocia este hecho con el robo del neumático delantero derecho de su auto, que había sucedido el día anterior a las amenazas. Y también informa que el viernes 23 de noviembre ingresaron a su domicilio y le robaron algunas pertenencias, sin forzar las cerraduras del departamento  ni las del edificio.

29 de noviembre de 2012

La CTA y la CGT cuestionaron la Reforma del Código Civil


En el anexo de la Cámara de Diputados

Viernes 23 de noviembre de 2012, por Inés Hayes * 

A 48 horas de haber realizado el primer paro conjunto después de una década, el secretario general de la CTA, Pablo Micheli, y su par de la CGT, Hugo Moyano, coincidieron ayer a la tarde en el Anexo de la Cámara de Diputados invitados por los diputados de Unidad Popular Liliana Parada y Claudio Lozano y cuestionaron la Reforma del Código Civil que, afirmaron, irá en contra de los derechos de los trabajadores.

Ante un auditorio en el que se contaron medios de comunicación, trabajadores, miembros de la CGT y la CTA así como de comunidades indígenas, la diputada por el Bloque de Unidad Popular, Liliana Parada explicó que habían decidido convocar a Micheli y a Moyano a la audiencia pública sobre la Reforma del Código Civil porque “va a afectar los derechos laborales”.

21 de noviembre de 2012

Alta adhesión al Paro General del 20N


MIÉRCOLES 21 de noviembre de 2012 . Por ANRed - A (redaccion@anred.org)

El 20 de noviembre será recordado como el día en que se llevó adelante el primer paro general durante la gestión kirchnerista. Cientos de miles de trabajadores se sumaron al pedido de reivindicaciones que se vienen reclamando en los últimos meses -como la modificación del mínimo no imponible o el veto a la nueva ley de ART- e hicieron sentir su malestar con el cese de actividades en servicios claves. Ese día también será recordado por la unión de las dos Centrales de Trabajadores - la CTA y la CGT opositoras - y de la participación activa de distintas federaciones, organizaciones sindicales, sociales y universitarias que realizaron más de 300 cortes en todo el país. Por ANRed y colaboradores.        
  

Fue un 20 - Crónica del Paro 20N CTA y CGT


Realizado por ACTA-CTA

20 de noviembre de 2012

A horas del paro nacional del 20N


Conferencia de prensa en la sede de la CTA

A horas de que comience el Paro Nacional conjunto entre la CTA y la CGT y demás organizaciones convocantes como la FUA, la FAA, la CCC, Barrios de Pie y MST Teresa Vive, la Central organizó una conferencia de prensa en la que se detallaron los motivos del paro y los lugares de los cortes.
  
Ante una nutrida presencia de medios radiales, gráficos y televisivos, Pablo Micheli, el secretario general de la CTA, detalló las razones del Paro Nacional de mañana: "salario mínimo vital y móvil de 5 mil pesos, unificación de las asignaciones familiares, no al impuesto al salario, la derogación de la Ley Antiterrorista, bonificación de emergencia para los jubilados y el 82% móvil".

18 de noviembre de 2012

Micheli y Moyano rechazaron la medida y ratificaron el paro del 20


El secretario general de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), Pablo Micheli, y su par de la Confederación General del Trabajo (CGT), Hugo Moyano, criticaron con dureza la rebaja de Ganancias que anunció ayer la presidenta de la Nación. La medida fue saludada por Hugo Yasky y los gordos de la CGT Balcarce. El anuncio, un nuevo maquillaje que no va al fondo de la cuestión, se realizó a seis días de la huelga nacional anunciada por la CTA y la CGT para el 20 de noviembre, Día de la Soberanía Nacional.
  
La CTA conducida por Pablo Micheli y la CGT de Hugo Moyano, ambas enfrentadas con la Casa Rosada, ratificaron la convocatoria al paro nacional para el próximo martes pese al anuncio de la presidenta Cristina Kirchner sobre la modificación del Mínimo no Imponible del Impuesto a las Ganancias para el ejercicio 2013.

3 de noviembre de 2012

Provincia: los estatales acampan frente a la Legislatura en contra del presupuesto


Nota del jueves!

Los gremios de la CTA opositora iniciaron hoy un paro de 48 horas, marcharon a la Legislatura bonaerense para rechazar el presupuesto redactado por Daniel Scioli y allí se quedarán acampando durante la noche. “Quieren volver a los ’90 en nombre de la nueva política. ¡Van a tener que pasar un 2001!”, dijo el secretario general de ATE Provincia, Oscar De Isasi.
   
Fuente: La Politica Online (La Plata)  |  31.10.2012 18:06:00

Trabajadores estatales iniciaron hoy un paro de 48 horas en la Provincia, al que adhirieron los médicos de los hospitales públicos. Como parte de estas acciones, los trabajadores nucleados en la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) marcharon al mediodía por el centro de la capital provincialen rechazo rechazar del Presupuesto 2013 que el oficialismo prevé tratar mañana.

17 de agosto de 2012

Esclavos modernos: cómo funciona un Callcenter desde adentro en Argentina + VÍDEO


Increíbles detalles de la explotación laboral en un CALLCENTER  

Vas al baño y te aperciben, te pasas un minuto de descanso y te aperciben, comes algo en horario de trabajo y te aperciben, llegas tarde y te aperciben. Faltas por los malestares que te genera la insalubridad de la tarea y te amenazan con despedirte (Como si en Argentina el empleo sobrase.)Tus jefes tienen 15 años menos que vos y practican bossing continuo.Los sindicatos nos ignoran.El poder judicial te tacha de "quilombero".La depresión por la falta de oportunidades para los treintañeros que no pudímos concluir un estudio universitario, por el desastre y los resabios que nos dejaron los ´90 es cada vez mas profunda.Y así sobrevivimos, para mantener los altísimos costos de la vida capitalista.Y a quienes les importamos?. Lo primero que te van a contestar:-"Eso porque no estudiaste una carrera cuando debías hacerlo".Los sacrificios de tu vida se los pasan por el quinto forro.Bienvenidos a la realidad de un callcenter. 








Para empezar, un trabajador de este tipo de empresa cobra de básico $ 1969, cuando el convenio al que supuestamente pertenece, indica que el trabajador que supere los 2/3 de la jornada de 8 horas debe de percibir jornada completa, o sea $ 4066 de básico.

Todos los trabajadores de esta empresa subsidiada con fondos millonarios por el gobierno de Tucumán superan los 2/3 de la jornada, ya que trabajan 6 horas y los 2/3 son 5 horas 30 minutos.

Es decir que se les paga menos de los mitad de lo que marca la ley.

26 de julio de 2012

Problemas de discriminación salarial y de categorías en call center.


Un caso de telemarketers donde está planteado un problema de categoría. 


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 9 días del mes de abril de 2012, se reúnen en acuerdo los jueces de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y, de acuerdo con el resultado del sorteo realizado, proceden a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR LUIS ALBERTO CATARDO DIJO:

I.- La sentencia de primera instancia -que difirió hasta la etapa procesal descripta en el artículo 132 del ordenamiento procesal aprobado por la Ley 18.345 el cálculo del capital nominal de condena- acogió, en lo sustancial, las pretensiones traídas a esta sede judicial.

Viene apelada por ambas partes a tenor de los escritos de fs. 334/337 y fs. 338/351. Conviene tratar primeramente el recurso de la parte demandada, que es globalmente improcedente.

3 de mayo de 2012

Call Center. Jornada normal y habitual : resuelven que no corresponde tomar el salario del CCT 130/75 y luego aplicarle la proporcionalidad con relación a la jornada


Un tema de permanente debate es la jornada laboral de los empleados de call center – telemarketing -y el Convenio Colectivo aplicable a la actividad.

En el caso que vamos a analizar, la Justicia del Fuero Laboral determinó es inaplicable el artículo 92 ter de la Ley de Contrato de Trabajo referido al contrato de trabajo a tiempo parcial. Por el contrario, la jornada normal y habitual de la actividad, que tiene el límite de 6 horas diarias y 36 horas semanales, está significando un contrato de trabajo a tiempo completo.

En consecuencia se resuelve que es procedente el reclamo de las diferencias salariales e indemnizatorias pretendidas por la trabajadora.

Esta cuestión fue abordada en la Causa 26.297/10- SD 87.082-Autos caratulados : “RODRÍGUEZ VERÓNICA LIBERTAD c/ TELECHET ARGENTINA S.A. s/ DESPIDO”- CNTRAB- SALA I- 28/09/2011,publicado por elDial.com – AA7074, en el día de ayer, 07/11/2011

Los Doctores que integran la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo pusieron de relieve que “ el artículo 92 ter de la Ley de Contrato de Trabajo – LCT – prevé que el contrato de trabajo a tiempo parcial ” es aquél en virtud del cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras partes de la jornada habitual de la actividad”.

“Es en este último punto – afirmaron los Magistrados - en el que es preciso detenerse : jornada habitual de la actividad. Esta última puede o no coincidir con la jornada legal, depende de cada actividad y de lo que, a tal efecto, establezca ya sea el estatuto o convenio colectivo de trabajo”.

Al respecto es jornada habitual de la actividad de trabajadores de call centers, la de 6 horas diarias y 36 horas semanales que no coincide la jornada legal de 8 horas diarias y 48 horas semanales porque , justamente, depende de las características especiales de la actividad estresante que se desarrolla.

En efecto, el Artículo 198 de la LCT- conforme redacción Ley 24.013/91- establece que ” la reducción de la jornada sólo procederá cuando lo establezcan las disposiciones nacionales reglamentarias de la materia, estipulación particular de los contratos individuales o convenios colectivos de trabajo, y que estos últimos podrán establecer métodos de cálculo de la jornada máxima en base al promedio, de acuerdo con las características de la actividad”.

“En el caso de los call centers no contamos con un convenio colectivo que prevea dichas circunstancias“- puntualizó la Sala I.

Los magistrados destacaron que“Esas condiciones especiales -presumiblemente fundadas en la salud de los trabajadores, en el ámbito de actividad de que se trata - imponen que la jornada diaria tenga un límite de seis horas, y la semanal, de treinta y seis”.

Continuando con el hilo argumental, los camaristas añadieron que “En este contexto, admitida que ésa es la jornada habitual de la actividad, no nos hallamos frente a un contrato a tiempo parcial sino a tiempo completo- partiendo siempre de la base de la admisión de esa jornada como habitual y propia de la actividad - y, por este camino, y por estos fundamentos, la actora tiene derecho a percibir el salario convencional que está previsto para una jornada normal de trabajo“.

Finalmente la Sala remarcó:“No luce razonable, justo ni equitativo tomar el salario correspondiente a un Convenio Colectivo que comprende numerosísimas actividades, como es el 130/75 -Empleados de Comercio – y luego aplicarle la proporcionalidad con relación a la jornada que pretende calificar como “reducida”, cuando a la vez admite que esa jornada es la normal y habitual de la actividad”.

En suma, habiendo trabajado,  la empleada de call center, durante seis horas diarias y 36 horas semanales, jornada normal y habitual por las características especiales de la actividad, o sea con un contrato a tiempo completo y nunca a tiempo parcial, le corresponde el salario convencional previsto para una jornada normal de trabajo, reinterando que no es razonable, justo ni equitativo tomar el salario del Convenio de Empleados de Comercio y luego aplicarle la proporcionalidad con relación a la jornada, porque no es jornada reducida.

Por lo tanto, la Sala I le reconoce a la actora las diferencias salariales e indemnizatorias reclamadas

by DRA. ADELA PRAT on NOVIEMBRE 8, 2011

27 de abril de 2012

Trabajador de Call Center le gana juicio a Actionline


En este caso (Bolzán, Rocío L. contra Actionline de Argentina SA sobre Despido) La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo admitió el reclamo de una teleoperadora por diferencias salariares, ya que se acreditó que cumplía una jornada superior a la prevista para una empleada a tiempo parcial.

La trabajadora denunció que prestaba tareas seis horas por días de lunes a sábados y que, no obstante ello, se encontraba registrada a tiempo parcial.

La demandada, a su turno, adujo que la demandante se desempeñaba de lunes a viernes seis horas por día pero, de acuerdo a lo que surge de las testimoniales rendidas en autos  se desprende que, tal como fue denunciado en la demanda, la actora trabajaba de lunes a sábado seis horas diarias lo que significa que cumplía una jornada semanal de 36 horas.

La Cámara le da la razón a la trabajadora.

La parte actora se queja porque se rechazó su reclamo de reparación del perjuicio ocasionado por la falta de aportes que debió realizar la demandada a la Compañía de Seguro La Estrella.

Cabe destacar que los empleados de comercio, comprendidos en el CCT 130/75 se encuentran incorporados a un seguro de retiro complementario, que se financia con una contribución patronal del 3,5% sobre la masa salarial.

En el caso, la demandada no acreditó haber realizado los aportes mencionados, lo que impidió a la actora la posibilidad de acceder a los beneficios acordados en la reglamentación aplicable.

La Cámara le da la razón a la trabajadora.
Otro punto cuestionado por la parte actora es el rechazo de la sanción prevista en el art. 15 de la Ley de Empleo extremo en el que también le asiste razón.

Al respecto, he sostenido que la normativa mencionada ha tenido como finalidad alentar el blanqueo de la relaciones laborales sumergidas en la clandestinidad, sancionando las conductas evasoras, tal como se desprende del informe de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados de la Nación y del art. 2º inc. j) de la Ley Nº 24.013.

Pues bien, en el caso en examen, se ha comprobado que la demandada contrató a la actora bajo la apariencia de un contrato a tiempo parcial, pero en los hechos resultó acreditado que la accionante excedía dicho marco.

Por tanto, corresponde condenar a la demandada a entregar una nueva certificación de servicios y remuneraciones y el certificado de trabajo dentro de los 5 días de notificada en la ocasión prevista en el art. 132 LO.


Un fallo, ni + ni -. No le cambia la vida a todos, pero es un pequeño paso, ojalá que se terminen las injusticias de este rubro. Para eso es importante que los trabajadores se organicen, que tengan delegados. Mientras tanto, solamente podemos disfrutar victorias parciales.
Si querés el fallo completo, avisá.


SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 45567 SALA VI Expediente Nro.: CNT 38955/2018 (Juzg. N° 51) AUTOS: “GONZALEZ RAUL FABIAN C/ MINISTERIO...