CUIDÁ TU SALUD. HACÉ VALER TUS DERECHOS

¿Te paso que tu obra social, empresa de medicina prepaga, mutual, etc., no solo te cobra la cuota, sino que además te cobra un extra cada vez que te haces atender por consultorio, te haces estudios o tomas alguna sesión de kinesiología o psicología?
Resulta que no debería ser así. Todas estas cuestiones se encuentran reguladas por el PMO y te contamos de qué se trata;
¿Qué es el PMO?
Es el Programa Médico Obligatorio. Consiste en una canasta básica de prestaciones que las obras sociales, empresas de medicina prepaga, mutuales y demás agentes del seguro de salud están obligados a garantizar a sus beneficiarios.
¿Qué características tiene? Es de cumplimiento OBLIGATORIO para las obras sociales, empresas de medicina prepaga, mutuales, etc., siendo estos RESPONSABLES por su cobertura y cumplimiento. Es decir que, sea cual sea el plan al que te encuentres adherido, este debe cumplir y cubrir esta canasta básica de prestaciones. De no ser así, las obras sociales y empresas de medicina prepaga resultan responsables por su incumplimiento, teniendo vos derecho a reclamar su cumplimiento. Nadie, bajo ninguna circunstancia pueden cubrir menos de lo previsto por el PMO, es el piso mínimo.
¿Que contiene esta canasta básica?
Esta canasta básica comprende un sin número de especialidades, tales como;
oftalmología, oncología, ortopedia, traumatología, psiquiatría, psicología, clínica
médica, fisiatría, rehabilitación, odontología, etc., como así también internación y
medicación.
¿Estas embarazada?
El PMO obliga a las prepagas y obras sociales a brindar cobertura a sus afiliadas
embarazadas desde el momento del diagnóstico y hasta el primer mes de vida del
bebe. Te deben cubrir consultas médicas, exámenes médicos, medicamentos,
ecografías, etc. Te deben cubrir además todo lo relacionado con el parto y puerperio.
Todo a un 100%, es decir, no te pueden exigir coseguro alguno.
¿Tuviste un hijo?
Hasta cumplir el año de edad, tu obra social o prepaga debe cubrir al 100%, sin
coseguro, tanto los gastos de internación como de atención ambulatoria, vacunas y
medicamentos esenciales.
Prevenir es curar
El PMO obliga a las prepagas y obras sociales a brindar programas de prevención de cánceres femeninos, especialmente de mama y cuello uterino, brindando cobertura en diagnóstico y tratamiento de estas afecciones, incluyendo medicamentos.
¿Tuviste un accidente? ¿Necesitas una prótesis?
Te tienen que cubrir el 100 % de las prótesis de colocación interna, y el 50 % de las
externas.
Mente sana en un cuerpo sano
Tu obra social o prepaga debe cubrirte hasta 30 sesiones psiquiátricas, psicológicas,
psicopedagógicas, por año, no más de 4 por mes.
También debe cubrirte 25 sesiones por año de kinesiología y fonoaudiología.
Medicamentos e internación
Te deben cubrir el 40 % en todos los medicamentos.
El 100 % de los medicamentos durante la internación.
El 100 % en los medicamentos oncológicos.
El 100 % de los gastos de internación, sin límite de tiempo.
Por último, el PMO establece que los coseguros habilitados a cobrar por parte de las obras sociales y prepagas es de $ 4 para todo tipo de consultas médicas ambulatorias y de $ 5 para estudios de alta y baja complejidad.
Acordate que, independientemente del plan que tengas, las obras sociales, prepagas, mutuales y demás agentes de salud, tienen que cubrirte todo esto. No dejes que se aprovechen de tu salud. Si no cumplen, tenes derecho a reclamar, tu salud lo vale.
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