¿Por qué?
- El promedio de reajuste del haber ronda el 24%. En la instancia judicial, el promedio es muchísimo mayor. En algunos casos ronda el 300%
- Si parte de tus aportes los realizaste a alguna AFJP, sólo podés obtener el reajuste de esa parte por vía judicial.
- Si sos beneficiario de una Renta Vitalicia, sólo podés obtener el reajuste judicialmente.
- Los juicios pueden ser continuados por la viuda, el viudo, los convivientes o herederos en caso de que fallezca el titular.
- Los juicios acumulan retroactivo desde dos años antes del inicio del reclamo y continúan acumulando retroactivo hasta efectivo cobro. Gran parte de estos juicios alcanzan retroactivos millonarios.
- Si todavía no te hicieron la oferta de reajuste de tu haber, es probable que te la realicen dentro de los próximos dos años, según la propia ley de R.H.
- Si mientras trabajabas cobrabas sumas no remunerativas, sólo podés obtener el reajuste del haber incluyendo esos montos por la vía judicial
- Si el reajuste de tu haber supera los $46.000, sólo podés obtener el pago de ese monto por la vía judicial
- Si realizaste aportes que superan el tope máximo legal, sólo te los considerarán para el reajuste de tu haber por medio de juicio
- Si la oferta realizada por la ANSeS no cumple con los parámetros fijados en la ley de R.H., no hay habilitado ningún mecanismo de queja.
- El índice de actualización del haber empleado por la justicia es mayor al empleado por la ANSES en la ley de RH
- Es un mito que los juicios no se cobran. Hay un presupuesto asignado anualmente para el pago de sentencias.
- El juicio NO implica que el jubilado deje de cobrar su beneficio, ni que anses le baje el haber. El jubilado sigue cobrando normalmente, con los aumentos de movilidad que se otorgan en marzo y septiembre
- Actualmente se puede determinar previamente a iniciar el juicio de cuánto debería ser el haber actualizado, y sopesarlo junto con la oferta de reparación histórica, para que el jubilado pueda decidir si quiere reclamar judicialmente o no.
- Se estima que se inician mensualmente unos 2.000 nuevos juicios contra la ANSES.
- Los juicios tienen una duración promedio de entre 1 y 5 años, dependiendo la ley con la cual se jubiló o pensionó la persona.
La Reparación Histórica sólo ofrece un pequeno retroactivo que va desde que se acepta el acuerdo hasta que se homologa.

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