5 de mayo de 2017

Como trabajador/a tenés derechos. ¿Cuáles?


- A tener registrado todo tu salario percibido, no una parte. Se debe cobrar TODO por recibo salarial y en tu cuenta bancaria. Sean comisiones,adicionales o salario básico. A la hora de jubilarte todo suma.

- La jornada legal debe ser reconocida correctamente según lo que establece la Ley de Contrato de Trabajo. Las horas trabajadas los días sábados o feriados deben ser abonadas en forma extra.

- Las sanciones legales que se pueden imponer en forma lógica nunca pueden dar pie a un despido por una ausencia del puesto laboral, en una o dos reiteraciones.

- La mayoría de los “despidos con causa” que elaboran algunas empresas son ilegales y dan pie a un reclamo indemnizatorio.

Reclamá

 - Si querés dejar de trabajar en la empresa no tenés que renunciar, sino reclamar por los incumplimientos de la misma, en caso de haber.

- Cada Carta Documento o notificación mediante Acta de escribano debe ser rechazada en las 48 Hs. de recibida por medio de un letrado. 

- Tenés derecho a una indemnización que reclamaremos junto con vos.

Ofrecemos para cada consulta de caso particular entrevistas sin cargo en nuestro estudio jurídico (Zona Tribunales, Capital Federal) en horario a concertar.

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