9 de marzo de 2018
¿Qué pasaría con el trabajo en negro si se aprueba la #Reforma ?
Un trabajador que está “en negro” se encuentra en condiciones de ilegalidad, siendo esto
total responsabilidad de su empleador. Está en su completo derecho reclamar al empleador
y ser compensado económicamente por todas las irregularidades que se hayan cometido en
su contra.
Multas
● Cuando el trabajador lleva adelante su reclamo antes de la ruptura de la relación laboral, para que lo registre, y ésta no lo hace, el trabajador podrá reclamar diversas multas y la duplicación de la indemnización en caso de que hubiera un despido (Ley 24013). Si el reclamo lo hiciera después de la ruptura de la relación de trabajo, también podría reclamar la duplicación de la indemnización (art. 1° de la Ley 25323)
● al momento de dejar el trabajo, la empresa debe pagar su indemnización, incluyendo
los valores de multa por el tiempo que realizó tareas sin estar registrado, o si fue
registrado en una fecha posterior, o no le abonaban toda su remuneración en
blanco. Esa multa la cobra el trabajador por un lado, y el Estado también recibe
dinero como penalización por la falta de la empresa.
De aprobarse la Reforma Laboral, el trabajador dejaría de cobrar todas las multas e indemnizaciones que agravan y/o duplican esa indemnización. La única que podría percibir multas por ese incumplimiento sería la Secretaria de Seguridad Social. Y, además, las multas serían infinitamente inferiores a las que hoy están estipuladas.
Aportes pasados
● En este punto de la reforma se establece un máximo de 5 años para los aportes no
realizados. Es decir, si trabajaste en negro 15 años antes de ser blanqueado y
ANSES va a cobrar a tu empleador, solamente podrá exigirle 5 años. 10 años de tus
aportes se perderían. Además el blanqueo que computé el ANSES sería sobre el
salario mínimo vital y móvil y no sobre tu real salario.
Plazo para blanquear
● Otro punto que cambiaría enormemente es el del tiempo que dispone un empleador para blanquear a un empleado. Actualmente, cuando un trabajador comienza un reclamo por trabajo en negro, el empleador tiene el plazo de un mes para blanquear al empleado.
De aprobarse la reforma, el plazo pasará a ser de 12 meses. Es decir, el trabajador debería pasar a esperar 1 año antes de poder iniciar un reclamo.
Desde Abogados en Cooperativa siempre recomendamos que cuando se habla de derechos, no se postergue el tiempo de asesorarse y llevar adelante el reclamo correspondiente. En el caso de trabajadorxs en negro, destacamos esta recomendación ya que, en el caso de aprobarse el “blanqueo laboral” a través de la reforma o una ley distinta, el trabajador se vería afectado en sus derechos, pues dejaría de tener derecho a reclamar y cobrar esas multas e indemnizaciones agravadas, y vería sus aportes previsionales y a la seguridad social severamente reducidos, lo que para el caso de trabajadores próximos a jubilarse podría implicar un menoscabo en sus futuros haberes.
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