La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial hizo lugar a la medida de innovar solicitada a fin de que la entidad bancaria se abstenga de efectuar débitos en la cuenta donde se depositan los salarios de la peticionante, en tanto la deducción salarial denunciada por la actora -la totalidad del mismo-, configura un perjuicio que da lugar a un peligro concreto o inmediato de que se configuren daños irreparables a su persona y familia -menores de edad-, máxime cuando normas de derecho público, tanto en el orden nacional, como en el provincial y municipal, han fijado como tope para afectar el pago de deudas el 20% de la remuneración de un empleado o funcionario.
Fallo: Cám. Nac. de Apelaciones en lo Comercial - "Luis, Valeria E. c/Banco Santander Río SA s/Medida Precautoria"
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28 de agosto de 2015
9 de junio de 2015
Le pagan retroactivo por paritarias luego de su despido
Diferencias salariales retroactivas. Trabajador bancario. Hace lugar a una demanda orientada al cobro de diferencias salariales provenientes del pago de la indemnización por despido que percibió el trabajador bancario luego de la extinción del vínculo laboral y como consecuencia de un posterior acuerdo colectivo. Considera que si bien al momento de la extinción del vínculo dicho incremento no había sido otorgado aún y la indemnización por despido lógicamente no lo contempló, corresponde que tales diferencias le sean abonadas pues dicho aumento abarcó los salarios percibidos cuando el actor aún se encontraba prestando tareas como dependiente, independientemente de que el vínculo se extinguiera antes de la celebración del referido acuerdo.
-
Luna, Gustavo Martin c/ Banco Columbia S.A. s/ Despido
- SENTENCIA
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- 10 de Abril de 2015
- Id Infojus: NV11539
21 de septiembre de 2013
REINCORPORACIÓN DE FLORENCIA PALOMBO AL BANCO GALICIA
Desde el “Encuentro Bancario” nos solidarizamos con la
compañera Florencia Palombo y exigimos su reincorporación al Banco Galicia de
donde fuera despedida en el día de ayer.
La compañera Florencia trabaja en el Banco Galicia desde el
año 2008 y fue miembro de la Comisión Gremial Interna en el período 2010/12 y
en la última elección fue candidata por la Lista “La 6 de noviembre” de dicho
banco.
El telegrama de cesantía expresaba textualmente que la
empresa lo hacía sin causa, o sea que la despiden por su actividad gremial, por
sus activas gestiones en pos de organizar a sus compañeros de trabajo en la
defensa de sus reivindicaciones.
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