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2 de abril de 2013

Las tres heridas. Por Maristella Svampa


Malvinas es uno de esos temas ambivalentes y arduos sobre el cual resulta difícil dar con el punto justo, si acaso existiera tal posibilidad.

En primer lugar, es indudable que Malvinas ha sido y continúa siendo un hecho colonial, lo cual cobra actualidad en el contexto geopolítico presente. Por el momento, constituye un resabio del colonialismo típico de los siglos XIX y XX, ligado al control de los océanos por parte de una de las potencias más poderosas, aunque todo indica que falta muy poco para que adopte la forma del neocolonialismo típico del siglo XXI, vinculado a la expropiación de los recursos naturales. Las notorias riquezas petroleras y gasíferas descubiertas hace cuatro décadas, su escasez cada vez mayor en el marco de la actual crisis energética y el evidente proceso de militarización que vive la región malvinense hablan a las claras de una avanzada neocolonial, cuyo carácter parece ya irrevocable, más allá de los ensayos regionales que hoy puedan pergeñarse en torno de Malvinas, como “causa latinoamericana”.

10 de octubre de 2012

YPF, la lucha de los trabajadores por los recursos y la verdadera soberanía


En esta entrevista con Rompiendo Cadenas, desde General Mosconi (Salta), Pepino Fernández, ex trabajador de YPF e histórico dirigente de la Unión de Trabajadores nos relata su historia, la lucha de los obreros ypefianos y de los desocupados en la actualidad y aporta su mirada sobre la situación actual de YPF y de los recursos hidrocarburíferos de nuestro país.

Rompiendo Cadenas: ¿Cómo se desarrolló la empresa YPF en el norte del país?

 Pepino Fernández: Yacimientos Petrolíferos Fiscales llegó acá al norte en el año 1927, aunque la Standard Oil ya sacaba petróleo desde el año 1900. Había sido descubierto el petróleo en la zona en el año 1800 y algo, había lagunas, no había necesidad de perforar ni nada. Y ahí estuvo el primer pozo de la República Argentina en la Quebrada de Galarza. De la mano del General Mosconi llegó YPF.

29 de mayo de 2012

Avanza en diputados ley para limitar la tercerización


Héctor Recalde (izquierda) y Facundo Moyano (derecha) impulsores del proyecto de ley
Por Ezequiel Arauz. Presentada por diputados de la CGT, fija que las empresas deben asumir responsabilidades sobre condiciones de trabajo, higiene, seguridad social y asociación sindical de los trabajadores a los que contratan mediante tercerización. El PRO y la UIA aseguran que la ley atenta contra la dinámica del mercado laboral y la competitividad.
  
El proyecto, que cuenta con dictamen de mayoría en la comisión de legislación laboral de la cámara baja, busca poner límites a una práctica recurrente entre el empresariado local a la hora de abaratar costos laborales, evadir impuestos y enmascarar y precarizar la relación de dependencia. La iniciativa busca sustituir el artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo para hacer “solidariamente responsable” a la firma principal ante incumplimientos de sus cedentes, contratistas o subcontratistas.

Elaborada e impulsada por Facundo Moyano y Héctor Recalde, ambos integrantes de la bancada del Frente para la Victoria, en base a un viejo proyecto presentado por el actual secretario de Derechos Humanos de la CGT, Julio Piumato, durante su mandato como legislador nacional. El dictamen de mayoría fue firmado además de por el propio Recalde que es presidente de comisión y el vice e histórico dirigente de la CTA, Víctor De Gennaro, por un amplio conjunto de diputados del oficialismo y casi la totalidad de los bloques de oposición.

La modificación y ampliación más sustancial es la que el texto hace respecto de un instituto legal conocido como “responsabilidad solidaria”. A partir de la ley, la responsabilidad de una empresa ante la cesión total o parcial a otros del establecimiento o explotación habilitado a su nombre, deberá expandirse también hacia quienes “contraten o subcontraten cualquiera sea el acto que le de origen, trabajos, obras o servicios correspondientes a su actividad principal o accesoria, dentro o fuera de su ámbito, tenga o no fines de lucro”.

El proyecto específica que las empresas deben exigir a los cesionarios, contratistas o subcontratistas “el adecuado cumplimiento de las normas relativas al trabajo, higiene y seguridad y frente a los organismos de la seguridad social y asociaciones sindicales”.

Posturas desde el PRO y la UIA

De los 23 diputados presentes en la comisión, el único que no firmó el dictamen fue uno de sus secretarios, Julián Obligio, integrante del PRO. Consultado por Marcha al respecto, el legislador explicó que según su visón, la redefinición que el proyecto hace de la responsabilidad solidaria es “muy extensa”.

El diputado explicó que “el proyecto no solo compromete a las empresas contratistas con aquellas relacionadas directamente con su objetivo principal, como debiera ser, sino también con otras, cuyas actividades son accesorias”.

Obligio aseguró estar en contra de los abusos que provoca la tercerización, pero indicó que de aplicarse la ley “alteraría la dinámica del mercado y de los procesos productivos”. El legislador del PRO, dijo que ya hay fallos judiciales sobre las empresas directamente relacionadas, en las que se les impone la responsabilidad en cuanto a las condiciones de trabajo, con lo cual “no se entiende a qué responde y que aporta esta modificatoria”.

El diputado, becado para su formación en España en una fundación presidida por José María Aznar, apuntó sus críticas sobre otro punto al que también considero excesivo, y explicó que la norma fija que el contratista principal deba efectuar el “pago extra de la cuota sindical” de los trabajadores de las firmas tercerizadas que contrate.

Textualmente, lo que el proyecto propone es que los contratantes exijan a las tercerizadas “copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de seguridad social, obra social y, de corresponder, a la asociación sindical”.

En sintonía con el legislador macrista, el titular de la Unión Industrial Argentina (UIA), Ignacio De Mendiguren, vaticinó que la medida propuesta desde el sindicalismo podría "atentar contra la competitividad". El empresario agregó que la tercerización es una herramienta que “se usa en todo el mundo”.  

Por su parte, los diputados de la CGT, explicaron que la ley no prohíbe la tercerización sino que busca generar mecanismos para regularla. El propio Facundo Moyano advirtió que se trata de evitar que la actual Ley de Contrato de Trabajo “sea utilizada como una herramienta de precarización y explotación”.  

Según sostienen los fundamentos de la norma se trata de “brindar una respuesta adecuada a la necesidad de protección del trabajador, que a raíz de la evolución y la utilización abusiva de la figura de la tercerización por parte de las empresas se encuentra cada vez más expuesto a la precarización de sus condiciones laborales”.

Fuente: http://www.marcha.org.ar/1/index.php/nacionales/88-laborales/1021-avanza-en-diputados-ley-para-limitar-la-tercerizacion

11 de mayo de 2012

Desalojo cuestionado: Más de 20 familias siguen en la calle


De las 33 familias desalojadas el pasado lunes del hotel familiar ubicado en Brasil al 1800, sólo 5 aceptaron un subsidio de 1200 pesos para buscar un nuevo alojamiento. La Sala II del fuero Penal, Contravencional y de Faltas deberá resolver la apelación presentada por el defensor oficial Federico Stolte. En la tarde del jueves, las familias desalojadas realizaron un “colchonazo” frente a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad.
  
Por Angie Carnevali
  
A cinco días del desalojo de un hotel familiar del barrio de Constitución, la mayoría de las familias aún se encuentran en situación de calle, acampando frente al edificio de la calle Brasil al 1800. En el día de ayer, hombres, mujeres y niños desalojados realizaron un “colchonazo” frente a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad en repudio del operativo realizado por la Policía Metropolitana por orden de la jueza María Fernanda Botana en el marco de una causa por usurpación, y en reclamo de soluciones habitacionales.

Según informaron fuentes del Ministerio de Desarrollo Social de la Ciudad, a las 33 familias afectadas por el desalojo se les ofreció desde un primer momento alojamiento en paradores y también ayuda financiera, pero que no fue hasta el día jueves que un puñado de personas (unas 5 familias) aceptaron un subsidio por 1200 pesos para reubicarse.

Desde la Defensoría General de la Ciudad informaron que ya fue sorteada la apelación presentada por el defensor oficial Federico Stolte contra el desalojo dictado. Será la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas la que deberá resolver los cuestionamientos planteados sobre la orden dictada por la magistrada. La defensa plantea que la jueza no se ajustó al pedido de la fiscalía que solicitaba la liberación de una única habitación, la 2, y que atendiendo al pedido del denunciante –el propietario del fondo de comercio del hotel- autorizó el desalojo de todas las habitaciones sin escuchar a quienes vivían en el hotel hace años y que incluso, en varios casos, pagaban el alquiler con subsidios de la Ciudad.

En paralelo con la apelación, la Defensoría General de la Ciudad se mantiene firme en la intención de llevar a juicio político a la jueza María Fernanda Botana. La semana próxima, la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura de la Ciudad comenzará a estudiar la denuncia presentada contra la jueza.

10 de mayo de 2012

Un nuevo desalojo en la Ciudad de Buenos Aires

Durante el día de ayer, lunes 7 de mayo, efectivos de la policía metropolitana, con el pretexto de un allanamiento, ingresaron por la fuerza y desalojaron a las 33 familias del Hotel “Sur”, ubicado en Brasil 1875, Ciudad de Buenos Aires. El violento operativo se llevó a cabo sin aviso previo y no se respetó el derecho a la defensa de los inquilinos, acusados de una falsa usurpación. Fotos: Anita Pouchard Serra.

               Por ANRed - L (redaccion@anred.org)

Desde la mañana de ayer, efectivos de la Metropolitana rodearon la zona y a las 14:30hs entraron a punta de pistola y, amenazando a las familias, las obligaron a abandonar el inmueble sin posibilidad de retirar sus pertenencias. En ningún momento dieron explicaciones ni mostraron orden alguna que avalara el operativo. 

Este es un caso más de la política de exclusión de los pobres y de la violación del derecho a una vivienda digna, que viene llevando a cabo el Gobierno de la Ciudad encabezado por Mauricio Macri.
Las familias, acompañadas por diversas organizaciones sociales y políticas, siguen resistiendo esta injusticia con un corte de la avenida Brasil (entre Combate de los Pozos y Entre Ríos), que se prolongará hasta tanto no se resuelva su situación habitacional. 

Convocamos a todas las organizaciones del campo popular a solidarizarse y acompañar la resistencia al desalojo de las 33 familias del Hotel Sur (Brasil 1875).
¡Basta de Desalojos! ¡Vivienda digna para el pueblo!

20 de abril de 2012

Londres no ve a la Argentina como amenaza: “No han comprado un avión desde 1982”


Lo dijo el ministro de defensa del Reino Unido, Philip Hammond, a la prensa británica. “No tenemos razón para suponer que haya una amenaza militar” a las Islas.

29/03/12 - 08:05
El ministro de defensa del Reino Unido, Philip Hammond, cree que Argentina no tiene el deseo ni la capacidad militar como para iniciar, como lo hizo en 1982, otra guerra por la soberanía de las islas Malvinas.

Hammond lo afirmó en declaraciones publicadas hoy en el periódico británico "The Times", pocos días antes de que se cumpla el treinta aniversario del inicio del conflicto bélico que libraron Argentina y el Reino Unido en el Atlántico Sur.

"No tenemos ninguna prueba que sugiera que los argentinos tienen la inclinación o la capacidad para una intervención militar en las 'Falklands' (Malvinas)", subrayó el titular de Defensa.

"No tenemos razón para suponer que haya una amenaza militar a las 'Falklands'", añadió el funcionario, quien recordó que Argentina no ha comprado aviones de combate nuevos desde 1982.

"La gente tiene que recordar que Argentina no ha comprado un nuevo avión de combate desde la guerra de las 'Falklands', así que están volando con (aviones) Mirage de hace 40 años. Nosotros tenemos allí los Typhoon, los aviones de combate de poderosa superioridad aérea y sin duda los más avanzados del mundo", dijo.

Pese a todo, el ministro dejó claro que su país está dispuesto a reforzar el archipiélago si fuera necesario.

Este aniversario del conflicto está precedido de una escalada de la tensión entre el Reino Unido y Argentina por la insistencia de Buenos Aires en negociar la soberanía de las islas.

La misma se ha agravado desde que en 2011 los países del Mercosur (Argentina, Uruguay, Paraguay y Brasil) acordaron impedir la entrada a sus puertos de barcos con bandera de las Malvinas.

El mes pasado el Reino Unido anunció el envío a las islas del destructor "HMS Dauntless", equipado con misiles antiaéreos, cuyo despliegue causó el malestar de Argentina, que acusó al Reino Unido ante la ONU de militarizar la disputa por la soberanía de las islas.

A esto se sumó el malestar argentino por la presencia el mes pasado en las islas del príncipe Guillermo, segundo en la línea de sucesión al Trono británico, como parte de una instrucción militar

Fuente: http://www.clarin.com/politica/Londres-Argentina-amenaza-comprado-avion_0_672532912.html

17 de abril de 2012

Proyecto de Ley sobre nacionalización de YPF

Se transcribe el proyecto:

Título 1, capítulo único: De la soberanía hidrocarburífera de la República Argentina

Artículo 1º: Declárese de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, así como la explotación, industrialización, transporte, y comercialización de hidrocarburos, a fin de garantizar el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleo, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos, y el crecimiento equitativo y sustentable de las distintas provincias y regiones.

Artículo 2º: El Ejecutivo nacional arbitrará las medidas conducentes al cumplimiento de los fines de la presente, con el concurso de los Estados provinciales y del capital público y privado nacional e internacional

Artículo 3º: establécense como principios de la política hidrocarburífera de la República Argentina los siguientes:

a) la promoción del empleo de los hidrocarburos y sus derivados como factor de crecimiento y desarrollo económico de las provincias y las regiones;

b) la conversión de los recursos hidrocarburíferos en reservas comprobadas y su explotación y la restitución de reservas;

c) la integración del capital público y privado, nacional e internacional, en alianzas estratégicas dirigidas a la exploración y explotación de hidrocarburos convencionales y no convencionales;

d) la maximización de las inversiones y de los recursos empleados para el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos en el corto, mediano y largo plazo;

e) la incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al mejoramiento de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y la promoción del desarrollo tecnológico en la República Argentina con ese objeto;

f) la promoción de la industrialización y la comercialización de los hidrocarburos con alto valor agregado;

g) la protección de los intereses de los consumidores relacionados con el precio, calidad y disponibilidad de los derivados de los hidrocarburos;

h) la obtención de saldos exportables para el mejoramiento de la balanza de pagos garantizando la explotación racional de los recursos y la sustentabilidad de su explotación para el aprovechamiento de las generaciones futuras;

Título 2, capítulo único: del Consejo Federal de Hidrocarburos

Artículo 4º: créase del Consejo Federal de Hidrocarburos, el que se integrará con la participación de:

artículo a) el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, el Ministerio de Planificación Federal, el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Industria, a través de sus respectivos titulares;

b) la participación de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de los representantes que ellas designen;

Artículo 5º: son funciones del Consejo Federal de Hidrocarburos, las siguientes:

a) promover la actuación coordinada del Estado nacional y los estados provinciales a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la presente;

b) expedirse sobre toda otra cuestión vinculada a los objetivos de la presente ley, y a la fijación de la política hidrocarburífera argentina, que el Ejecutivo nacional somete a su consideración;

Artículo 6º: el Consejo sesionará con la mayoría absoluta de sus miembros, y será presidido y representado por el representante del Estado nacional que el Ejecutivo nacional designe a tal efecto. Dictará su propio reglamento de funcionamiento.

Título 3: de la recuperación del control de YPF

Capítulo 1: de la expropiación.

Artículo 7º: a los efectos de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la presente, declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el 51% del patrimonio de YPF S.A representado por igual porcentaje de las acciones clase D de dicha empresa pertenecientes a Repsol YPF SA, sus controlantes o controladas.

ARTÍCULO 8°.- Las acciones sujetas a expropiación de la empresa YPF Sociedad Anónima, en cumplimiento del artículo precedente, quedarán distribuidas del siguiente modo: el CINCUENTA Y UN POR CIENTO (51%) pertenecerá al Estado Nacional y el CUARENTA Y NUEVE POR CIENTO (49%) restante se distribuirá entre las provincias integrantes de la ORGANIZACIÓN FEDERAL DE ESTADOS PRODUCTORES DE HIDROCARBUROS.


La reglamentación deberá contemplar las condiciones de la cesión asegurando que la distribución de acciones entre las provincias que acepten su transferencia se realice en forma equitativa, teniendo asimismo en cuenta para tal fin los niveles de producción de hidrocarburos y de reservas comprobadas de cada una de ellas.


ARTICULO 9º.- A efectos de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la presente el PODER EJECUTIVO NACIONAL, por si o a través del organismo que designe, ejercerá los derechos políticos sobre la totalidad de las acciones sujetas a expropiación hasta tanto se perfeccione la cesión de los derechos políticos y económicos correspondientes a ellas a la que se refiere el artículo anterior.


La cesión de los derechos políticos y económicos de las acciones sujetas a expropiación, que efectúe el Estado nacional a favor de los Estados provinciales integrantes de la ORGANIZACIÓN FEDERAL DE ESTADOS PRODUCTORES DE HIDROCARBUROS, contemplará el ejercicio de los derechos accionarios correspondientes a ellas en forma unificada por el plazo mínimo de 50 años a través de un pacto de sindicación de acciones.


La designación de los Directores de YPF Sociedad Anónima que corresponda nominar en representación de las acciones sujetas a expropiación, se efectuará en proporción a las tenencias del Estado nacional, de los estados provinciales y uno en representación de los trabajadores de la empresa.

ARTÍCULO 10.- A efectos de la instrumentación de la presente y de la registración de la titularidad de los derechos correspondientes a las acciones sujetas a expropiación, deberá dejarse constancia que la expropiación de tales acciones es por causa de utilidad pública y que se encuentra prohibida la transferencia futura de ellas sin autorización del H. CONGRESO DE LA NACIÓN votada por las dos terceras partes de sus miembros.

ARTÍCULO 11.- El proceso de expropiación estará regido por lo establecido en la Ley Nº 21.499 y actuará como expropiante el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

ARTÍCULO 12.- El precio de los bienes sujetos a expropiación se determinará conforme lo previsto en el artículo 10 y concordantes de la Ley Nº 21.499. La tasación la efectuará el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN. 


CAPÍTULO II
DE LA CONTINUIDAD OPERATIVA
ARTÍCULO 13.- A fin de garantizar la continuidad en las actividades de exploración, producción, industrialización y refinación de hidrocarburos a cargo de YPF Sociedad Anónima, así como su transporte, comercialización y distribución y el incremento del flujo inversor, para el adecuado abastecimiento de los combustibles necesarios para el funcionamiento de la economía nacional en el marco de lo dispuesto en la presente, el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través de las personas u organismos que designe, desde la entrada en vigencia de la presente Ley ejercerá todos los derechos que las acciones a expropiar confieren en los términos de los artículos 57 y 59 de dicha norma.

La COMISIÓN NACIONAL DE VALORES en el día de promulgación de esta Ley convocará a una Asamblea de Accionistas, a efectos de tratar, entre otros asuntos que se consideren necesarios y relevantes a los fines de la presente, la remoción de la totalidad de los directores titulares y suplentes y de los síndicos titulares y suplentes y la designación de sus reemplazantes por el término que corresponda.

ARTÍCULO 14.- Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL y al Interventor de YPF Sociedad Anónima designado por éste, a adoptar todas las acciones y recaudos que fueren necesarios, hasta tanto asuma el control de YPF Sociedad Anónima, a efectos de garantizar la operación de la empresa, la preservación de sus activos y el abastecimiento de hidrocarburos.


CAPÍTULO III
DE LA CONTINUIDAD JURIDICA Y LA GESTION DE YPF S.A.

ARTÍCULO 15.- Para el desarrollo de su actividad, YPF Sociedad Anónima continuará operando como una sociedad anónima abierta, en los términos del Capítulo II, Sección V, de la Ley Nº 19.550 y normas concordantes, no siéndole aplicable legislación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración, gestión y control de las Empresas o entidades en las que el Estado Nacional o los estados provinciales tengan participación.


ARTÍCULO 16.- La gestión de los derechos accionarios correspondientes a las acciones sujetas a expropiación, por parte del Estado nacional y las provincias, se efectuará con arreglo a los siguientes principios:
a. La contribución estratégica de YPF Sociedad Anónima al cumplimiento de los objetivos de la presente.
b. La administración de YPF Sociedad Anónima conforme a las mejores prácticas de la industria y del gobierno corporativo, preservando los intereses de sus accionistas y generando valor para ellos.
c. El gerenciamiento de YPF S.A. a través de una gestión profesionalizada. 

ARTÍCULO 17.- A fin de cumplir con su objeto y los fines de la presente, YPF Sociedad Anónima acudirá a fuentes de financiamiento externas e internas y a la concertación de asociaciones estratégicas, joint ventures, uniones transitorias de empresas y todo tipo de acuerdos de asociación y colaboración empresaria con otras empresas públicas, privadas o mixtas, nacionales o extranjeras.


ARTÍCULO 18.- La presente ley es de orden público y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

29 de marzo de 2012

Pretende el Comando Sur de EU instalar un centro de emergencias en Argentina


La base estaría en el Chaco, posición estratégica que limita con Paraguay
Stella Calloni
Corresponsal
Periódico La Jornada

Buenos Aires, 23 de marzo. El Comando Sur de Estados Unidos instalará un centro de emergencias, dentro del área de ayuda humanitaria de esa institución en un edificio que se acaba de construir en el perímetro del aeropuerto de la ciudad de Resistencia, capital de la provincia del Chaco, fronteriza con Paraguay, informaron organismos y medios de comunicación de esa provincia de Argentina.

Organismos como el Centro de Estudios Nelson Mandela, que lleva a cabo investigaciones sobre varias temáticas sociales y ambientales en el lugar, advierten sobre las graves implicaciones que acarrearía la instalación de ese centro de emergencias, que comenzaría a operar en abril.

En mayo de 2008, en una nota en este periódico, se informó sobre denuncias de medios y organismos del Chaco por la realización en esa provincia del Programa de Fortalecimiento del Sistema Provincial de Emergencias, que depende del área de asistencia humanitaria del Comando Sur estadunidense, con la intervención también de la embajada de Estados Unidos aquí.

El gobierno provincial reconoció estas actividades, autorizadas e implementadas desde 2006 por el Ministerio del Interior y supuestamente destinadas a enfrentar diversas emergencias, desastres naturales e incluso sociales

La denuncia de esta situación la realizó también Rolado Núñez, vocero del Centro de Estudios Nelson Mandela, quien sostuvo que el gobierno de Estados Unidos, con el pretexto de la ayuda humanitaria, trata de colarse para llegar con asistencia técnica, y analizó que ni aún ante el desastre humanitario de las comunidades indígenas se justifica que actúe una organización militar con la historia que tiene el Comando Sur”.

El 21 de marzo de 2012 se informó públicamente en el Chaco que se instalarán a finales de mes los expertosdel Comando Sur en el edifico construido en el aeropuerto de Resistencia. Solamente resta equipar con tecnología informática y amoblar el lugar para luego culminar con una capacitación del personal, dijo el comandante estadunidense Edwin Passmore, del Comando Sur, quien se ha reunido con el gobernador Jorge Capitanich, como publican periódicos de esa provincia argentina.

Los organismos que rechazan esta presencia estadunidense sostienen que la ayuda durante inundaciones puede ser brindada por el gobierno nacional y la Cruz Roja, o el Unicef (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia), y no por una organización vinculada con un ejército extranjero.

Tampoco desconocen que la “acción cívica “ y la ayuda humanitarias son en realidad acciones contrainsurgentes, por medio de las cuales el ejército de Estados Unidos estudia territorios, en este caso en una posición estratégica como la que tiene la provincia del Chaco, que limita hacia el exterior con Paraguay y con cinco provincias importantes de Argentina.

También se estudia la población, la situación económica y otras en función de un futuro control . Y la ciudad está edificada a la costa de un río, una vía de comunicación siempre estratégica para los expertos de ese comando.

Por estas horas hay denuncias sobre el hecho de que la sede del Comando Sur será transformada en una base militar, una base de radares o también como una instalación que sirva para el proyecto de un enclave que Washington intenta instalar desde hace años en la Triple Frontera (Argentina, Brasil, Paraguay), en el contexto de la guerra antiterrorista de Estados Unidos contra Al Qaeda.

22 de diciembre de 2011

Felices fiestas para todos!!!

Muchos trabajadores deberían tener mayores ingresos para esta navidad y para el año que empieza!!!. 

Esperamos que eso no nos prive de disfrutar con la gente que más queremos.


Estadística elaborada en bases a datos No oficiales. Los del INDEC son exactamente al revés.



SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 45567 SALA VI Expediente Nro.: CNT 38955/2018 (Juzg. N° 51) AUTOS: “GONZALEZ RAUL FABIAN C/ MINISTERIO...