Fritz, Leonardo David c/ Envases Del Plata S.A. y Otro s/ Despido
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - Sala 09 - 16/07/2015
Despido discriminatorio. Período de prueba. Accidentes de trabajo. Hace lugar al reclamo por despido discriminatorio incoado por un operario al que se le rescindió su contrato de trabajo durante el período de prueba, el día posterior a su alta médica. En el caso, a los seis días de haber ingresado a trabajar, el actor sufrió un accidente de trabajo y, al día siguiente de que se le otorgara el alta médica, la empleadora procedió a la extinción del vínculo acudiendo a la figura del período de prueba. Entiende que la decisión de la demandada presupone un acto de discriminación fundado en la condición psicofísica del trabajador y, por lo tanto, alcanzado por las disposiciones de la ley 23.592, normas y tratados internacionales con jerarquía constitucional y convenios de la O.I.T. que prohíben todo tipo de discriminación y en especial, en el trabajo.
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10 de septiembre de 2015
21 de mayo de 2014
La Corte hizo lugar a un amparo en una causa por discriminación laboral
Dejó sin efecto un fallo de la Corte de Salta por considerar que no había respetado los criterios establecidos por el Máximo Tribunal en materia de carga de la prueba en casos de discriminación. Se cuestiona la falta de contratación de choferes mujeres
La Corte Suprema de Justicia de la
Nación resolvió en el acuerdo de este martes una causa en la que se
discutió el alcance del derecho a elegir libremente una profesión o
empleo y a no ser discriminado en razón del género en el proceso de
selección para acceder a un empleo, en el marco de una acción de amparo
interpuesta conjuntamente por la señora Mirtha Graciela Sisnero y por la
Fundación Entre Mujeres contra la Sociedad Anónima del Estado del
Transporte Automotor (SAETA), la Autoridad Metropolitana de Transporte
(AMT) y las siete empresas operadoras de transporte público de pasajeros
de la ciudad de Salta ante la no incorporación de mujeres como
conductoras en dicho servicio.La parte actora interpuso dos pretensiones. La primera -de carácter individual- fue promovida por la señora Sisnero, quien alegó la violación de los derechos la igualdad y a la no discriminación ante la imposibilidad de acceder a un puesto de trabajo como chofer en la planta de empleados de las empresas demandadas, pese a haber cumplido con todos los requisitos de idoneidad requeridos para dicha labor. La segunda pretensión -de naturaleza colectiva
- fue deducida por la citada fundación con motivo de la vulneración de esos mismos derechos ante la falta de contratación de choferes mujeres por parte de las referidas empresas. En virtud de ello, se solicitó el cese de la discriminación por razones de género y la incorporación de Mirtha Sisnero como chofer de colectivo, así como el establecimiento de un cupo de puestos de trabajo para ser cubiertos exclusivamente por mujeres, hasta tanto la distribución total de empleados reflejara una equitativa integración de los géneros en el plantel de choferes de las empresas operadoras del servicio.
La Cámara de Apelaciones
Civil y Comercial, Sala V, de la ciudad de Salta, había hecho lugar a la
demanda, ordenado el cese de la discriminación por razones de género y
establecido un cupo del 30% de mujeres en las plantas de choferes.
Asimismo, había dispuesto que la Autoridad Metropolita de Transporte
confeccionara un listado de las postulantes mujeres que cumplieran con
los requisitos legales vigentes –con Sisnero ubicada en primer lugar- y
que, en caso de que alguna de las empresas demandas violara lo
dispuesto, debería abonarle a la primera mujer de la lista un salario
igual al correspondiente al chofer de mejor remuneración.
29 de marzo de 2014
Los cien asesinos de David
Por Silvana Melo

(APe).- David salió ese día, en una tibia mañana del barrio Ludueña. No podía imaginarse que la vida le estaba deshilando el final. David salió -dice Joaquín, que lo conocía del barrio a él y a tantos davides todavía vivos y anónimos-, “a chorear porque quería cosas: droga, zapatillas piolas, qué se yo, cosas”. Necesitaba cosas propias porque el sistema taladra las cabezas y asegura que sólo se logra identidad a través del consumo. Que sólo se es a través de la propiedad. De zapatillas, de celular o de lo que fuere.
Por eso “salió a dar miedo”, define Joaquín. “Salió y robó porque seguro sus amigos del barrio también lo hacen, porque la escuela que dejó no pudo ayudarlo a entender otra manera de vivir, porque ninguna organización barrial llegó a dar con él, porque de pibe vendía pañuelitos y se rompió los huevos de que lo echen de los bares, no sé, algún motivo permite en este universo que una persona desde que es un guachín pueda pensar que robar está bien”
La chica tiene apenas tres años más que él. David, al paso rasante con la moto, le arrebató la cartera. Ella gritó a garganta partida. El bebé que llevaba en brazos lloró. Y el primer auto que pasaba se cruzó ante la moto. David cayó al pavimento.
3 de diciembre de 2013
3 de Diciembre: Día Internacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad
Personas
con Discapacidad y neoliberalismo
Por
Luciano Andrés Valencia
El
presente artículo es un fragmento del capítulo 8º de un trabajo inédito
titulado «Breve Historia de las personas con discapacidad: de la opresión a la
lucha por sus derechos».
Durante la década de 1970 surgieron los primeros movimientos de Personas
con Discapacidad como continuidad de los movimientos por los derechos civiles
que protagonizaron importantes luchas en los años anteriores. Su objetivo era
luchar por mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad,
asegurar la accesibilidad al medio físico y social, y por el derecho a una
«vida independiente». Bajo el lema “Nada para Nosotros, sin Nosotros”,
reclamaban ser tenidas en cuenta en la elaboración de políticas de inclusión.
En esta época se comienza a utilizar el concepto de «Persona con Discapacidad»
en lugar de «discapacitado» o «insuficiente» del Modelo Médico Biológico,
dominante en las décadas anteriores, ya que hace referencia a la persona como
sujeto de derecho antes que a la discapacidad.
13 de noviembre de 2013
9 de noviembre de 2013
20 de septiembre de 2013
Un nuevo procedimiento ilegal contra travestis y trans en constitución
| NO A LOS ATAQUES TRANSFOBICOS |
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21 de marzo de 2013
Aplicación de la ley antidiscriminatoria en las relaciones laborales
La justicia de Paraná declara nulo el despido comunicado al trabajador, disponiendo la reincorporación a su lugar de trabajo en idénticas condiciones a las que precedieron a la ruptura.
Entiende que el aparente despido sin expresión de causa obedeció en realidad a una motivación verdadera y oculta, cual fue la demanda instaurada por el padre del trabajador que fue notificada a la demandada dos días antes del despido supuestamente sin causa.
Agrega que la conducta imputable a la empresa demandada, evidencia un acto discriminatorio tipificado en el Art. 1 de la Ley Nº 23.592. Finalmente, condena a la demandada a indemnizar el daño moral ocasionado y a abonar los salarios caídos.
Autos: Ramirez, José Luis c/ Petropack S.A. s/ Sumarísimo
JUZGADO DEL TRABAJO Nro 4 de PARANA - ENTRE RIOS - 03/12/2012
JUZGADO DEL TRABAJO Nro 4 de PARANA - ENTRE RIOS - 03/12/2012
19 de marzo de 2013
28 de enero de 2013
Igual tarea - Igual salario
En el fallo "Espeche Ortiz, Alfredo Gustavo c Telam S.E. s Despido" la Sala IV de la CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO entiende que la disposición contenida en el art. 81 de la LCT habilita a la empleadora a dispensar un trato salarial diferente en la medida en que no sea ni arbitrario ni discriminatorio, sino que tal conducta debe tener una motivación racional y objetiva justificada. Y agrega que además la mencionada norma impone que, en tales supuestos, corresponde a esa parte demostrar dicha causa objetiva, pues es quien se encuentra en mejores condiciones para hacerlo.
Victoria para el trabajador.
Hay que reclamar que nos paguen igual salario por igual tarea.
22 de enero de 2013
FELFORT - ENTREVISTA A DELEGADXS
"La mujer trabajadora es la que más sufre el maltrato
de las patronales"
(AW) Reproducimos una entrevista publicada por
http://leonehuen.wordpress.com/ a a lxs delgadxs de Felfort, Laura Rojas y
Rodolfo Vidal. En ella se refieren a la
situación de discriminación laboral que viven las mujeres de la empresa y a la
lucha por revertirla.
Buenos Aires, 11 de enero de 2013
(http://leonehuen.wordpress.com/).-
IGUAL SALARIO POR IGUAL TRABAJO
En momentos en que Ricardo Fort protagoniza un nuevo
episodio mediático, esta vez con acusaciones de estafa a su inmensa fortuna, la
Comisión Interna FelFort denuncia que los derechos de las mujeres trabajadoras
de esa empresa son avasallados y han iniciado una campaña para extender esos
reclamos a otros sectores que también sufren esas injusticias.
Entrevistamospara que nos den detalles de la situación de las mujeres que
trabajan dentro de la fábrica de chocolates y nos cuenten los puntos centrales
del plan que se propusieron.
La campaña por igual trabajo, igual salario.
27 de agosto de 2012
Que pongan servicio telefónico en los barrios!
VILLA LUGANO
Acusan a Telefónica de
discriminación y la obligan a dar servicio en Villa 20
La justicia Civil y
Comercial Federal condenó a la empresa a brindar el servicio de telefonía
básica en casas de familia de la villa de emergencia N° 20, ubicada en el
barrio de Villa Lugano. Es a raíz de un amparo colectivo iniciado por la
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) hace más de 4 años. Según
la denuncia, Telefónica se negaba a prestar el servicio en las villas invocando
que se trataba de zonas peligrosas y que los vecinos destruían las
instalaciones.
Por Redacción NU
A raíz de un amparo
iniciado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) hace más
de 4 años, la justicia Civil y Comercial Federal condenó a Telefónica a brindar
el servicio de telefonía básica en casas de familia de la villa de emergencia
N° 20, ubicada en el barrio de Villa Lugano, que correspondan a la zonas
urbanizadas.
6 de julio de 2012
Discriminación de género en la Corte Suprema Salteña
Esta nota es útil a efectos comparativos, aparte de la situación en particular. Si una Jueza del superior Tribunal de Salta sufre discriminación por el género, ¿que queda para el resto?
¿Que esperan los gobiernos para llevar a cabo medidas efectivos que impidan que se mantenga esta forma de denigrar al género que nos da la vida??
Se agradecen comentarios....
La única jueza del Superior Tribunal de Justicia de Salta,
Susana Kauffman, denunció que sufrió discriminación de género por parte del
resto de los miembros de la Corte provincial: en un acto inédito, le impidieron
designar a la secretaria letrada que propuso como colaboradora personal, cuando
es una prerrogativa de cada ministro elegir a la persona que desempeñará ese
cargo. “Me impusieron el poder patriarcal de la Justicia. Era mi derecho elegir
a quien quería”, señaló Kauffman en diálogo con Página/12. La jueza denunció el
hecho ante la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de la Nación, que
encabeza Carmen Argibay, actualmente con licencia médica. Y también en la
Cámara de Diputados de la provincia, donde el tema fue tratado por distintos
legisladores en la sesión del martes. “Es lamentable lo que pasa en el Superior
Tribunal de Justicia, donde la única jueza tiene que verse sometida a la
voluntad de la mayoría masculina”, advirtió la diputada del Frente Democrático
Liliana Mazzone. Organizaciones y referentes del movimiento de mujeres local
salieron a repudiar el episodio y expresaron su apoyo a la magistrada.
4 de junio de 2012
Abren diligencias al obispo de Alcalá por sus palabras sobre los homosexuales en una misa
El Juzgado de Instrucción número Seis de Alcalá de Henares
(Madrid) ha incoado unas diligencias para investigar si las palabras
pronunciadas por el obispo Juan Antonio Reig Pla, con anterioridad, obispo de
Cartagena, sobre los homosexuales pueden ser constitutivas de delito.
Las diligencias, a las que ha tenido acceso Efe, han sido
abiertas a instancias de la Asociación Preeminencia del Derecho de Murcia, que
lidera el letrado José Luis Mazón, que considera que las palabras vertidas por
el prelado con ocasión de la misa que ofició el 6 de abril pasado y que fue
retransmitida por TVE pueden ser constitutivas de un delito contra el ejercicio
de los derechos fundamentales y libertades públicas.
El Juzgado de Alcalá de Henares, a través de un auto al que
ha tenido acceso Efe, ha acordado, como primera diligencia, dirigirse al ente
TVE para que le envíe “una copia completa en DVD de la grabación del acto en el
que supuestamente se dijeron las palabras señaladas en la denuncia“.
El auto añade que esta medida se adopta “con carácter previo
a la resolución que pueda proceder en cuanto al alcance de las manifestaciones,
ya que es preciso tener constancia en autos de cuales fueron tales palabras, en
su totalidad y en el contexto en el que se pronunciaron”.
La resolución no es firme, ya que puede ser recurrida ante
el propio Juzgado o, bien, en apelación, ante la Audiencia Provincial de
Madrid.
La denuncia presentada por Preeminencia del Derecho asegura
que “el discurso del obispo establece contra los homosexuales una
identificación entre la realización de sus naturales necesidades sexuales y la
corrupción y prostitución“.
Fuente:
http://www.rtve.es/noticias/20120510/abren-diligencias-obispo-alcala-palabras-sobre-homosexuales-misa/524218.shtml
30 de abril de 2012
Un fallo histórico condenó por racismo a Chacarita
23/04/2012
En AFA se produjo ayer un fallo histórico, sin precedentes
en la Argentina. El Tribunal de Disciplina resolvió quitarle un punto a
Chacarita debido a sus cánticos racistas en el clásico ante Atlanta, que luego
terminó con incidentes entre dirigentes del bohemio, hinchas del funebrero y la
policía.
“La sanción es por los cánticos y expresiones de contenidos
racista, discriminatorio y xenófobo hacia la parcialidad visitante”, argumentó
el Tribunal. De esta manera, le dieron así por perdido aquel partido a
Chacarita (había terminado empatado), sin embargo, el equipo de Villa Crespo no
pasó a ganar en los escritorios, sino que mantuvo la unidad cosechada.
Por primera vez, el Tribunal de Disciplina de la AFA decidió
darle por perdido el partido al funebrero en el clásico ante Atlanta,
registrando un fallo histórico y sin precedentes.
En aquella oportunidad, la hinchada tricolor se había
manifestado a viva voz con cánticos racistas y discriminatorios hacia la
parcialidad auriazul.
Teniendo en cuenta esta quita de un punto, el panorama para
que Chacarita se mantenga en la B Nacional es aún más complicado, ya que su
promedio disminuyó.
Fuente:
http://www.eltribuno.info/salta/151025-Un-fallo-historico-condeno-por-racismo-a-Chacarita.note.aspx
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