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10 de septiembre de 2015

Fallo por despido discriminatorio

Fritz, Leonardo David c/ Envases Del Plata S.A. y Otro s/ Despido 

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - Sala 09 - 16/07/2015

 Despido discriminatorio. Período de prueba. Accidentes de trabajo. Hace lugar al reclamo por despido discriminatorio incoado por un operario al que se le rescindió su contrato de trabajo durante el período de prueba, el día posterior a su alta médica. En el caso, a los seis días de haber ingresado a trabajar, el actor sufrió un accidente de trabajo y, al día siguiente de que se le otorgara el alta médica, la empleadora procedió a la extinción del vínculo acudiendo a la figura del período de prueba. Entiende que la decisión de la demandada presupone un acto de discriminación fundado en la condición psicofísica del trabajador y, por lo tanto, alcanzado por las disposiciones de la ley 23.592, normas y tratados internacionales con jerarquía constitucional y convenios de la O.I.T. que prohíben todo tipo de discriminación y en especial, en el trabajo.

21 de mayo de 2014

La Corte hizo lugar a un amparo en una causa por discriminación laboral

Dejó sin efecto un fallo de la Corte de Salta por considerar que no había respetado los criterios establecidos por el Máximo Tribunal en materia de carga de la prueba en casos de discriminación. Se cuestiona la falta de contratación de choferes mujeres

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió en el acuerdo de este martes una causa en la que se discutió el alcance del derecho a elegir libremente una profesión o empleo y a no ser discriminado en razón del género en el proceso de selección para acceder a un empleo, en el marco de una acción de amparo interpuesta conjuntamente por la señora Mirtha Graciela Sisnero y por la Fundación Entre Mujeres contra la Sociedad Anónima del Estado del Transporte Automotor (SAETA), la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) y las siete empresas operadoras de transporte público de pasajeros de la ciudad de Salta ante la no incorporación de mujeres como conductoras en dicho servicio.
La parte actora interpuso dos pretensiones. La primera -de carácter individual- fue promovida por la señora Sisnero, quien alegó la violación de los derechos la igualdad y a la no discriminación ante la imposibilidad de acceder a un puesto de trabajo como chofer en la planta de empleados de las empresas demandadas, pese a haber cumplido con todos los requisitos de idoneidad requeridos para dicha labor. La segunda pretensión -de naturaleza colectiva
- fue deducida por la citada fundación con motivo de la vulneración de esos mismos derechos ante la falta de contratación de choferes mujeres por parte de las referidas empresas. En virtud de ello, se solicitó el cese de la discriminación por razones de género y la incorporación de Mirtha Sisnero como chofer de colectivo, así como el establecimiento de un cupo de puestos de trabajo para ser cubiertos exclusivamente por mujeres, hasta tanto la distribución total de empleados reflejara una equitativa integración de los géneros en el plantel de choferes de las empresas operadoras del servicio. 
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, Sala V, de la ciudad de Salta, había hecho lugar a la demanda, ordenado el cese de la discriminación por razones de género y establecido un cupo del 30% de mujeres en las plantas de choferes. Asimismo, había dispuesto que la Autoridad Metropolita de Transporte confeccionara un listado de las postulantes mujeres que cumplieran con los requisitos legales vigentes –con Sisnero ubicada en primer lugar- y que, en caso de que alguna de las empresas demandas violara lo dispuesto, debería abonarle a la primera mujer de la lista un salario igual al correspondiente al chofer de mejor remuneración.

29 de marzo de 2014

Los cien asesinos de David

 
Por Silvana Melo

(APe).- David salió ese día, en una tibia mañana del barrio Ludueña. No podía imaginarse que la vida le estaba deshilando el final. David salió -dice Joaquín, que lo conocía del barrio a él y a tantos davides todavía vivos y anónimos-, “a chorear porque quería cosas: droga, zapatillas piolas, qué se yo, cosas”. Necesitaba cosas propias porque el sistema taladra las cabezas y asegura que sólo se logra identidad a través del consumo. Que sólo se es a través de la propiedad. De zapatillas, de celular o de lo que fuere.

Por eso “salió a dar miedo”, define Joaquín. “Salió y robó porque seguro sus amigos del barrio también lo hacen, porque la escuela que dejó no pudo ayudarlo a entender otra manera de vivir, porque ninguna organización barrial llegó a dar con él, porque de pibe vendía pañuelitos y se rompió los huevos de que lo echen de los bares, no sé, algún motivo permite en este universo que una persona desde que es un guachín pueda pensar que robar está bien”

La chica tiene apenas tres años más que él. David, al paso rasante con la moto, le arrebató la cartera. Ella gritó a garganta partida. El bebé que llevaba en brazos lloró. Y el primer auto que pasaba se cruzó ante la moto. David cayó al pavimento.

3 de diciembre de 2013

3 de Diciembre: Día Internacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad



Personas con Discapacidad y neoliberalismo

Por Luciano Andrés Valencia


El presente artículo es un fragmento del capítulo 8º de un trabajo inédito titulado «Breve Historia de las personas con discapacidad: de la opresión a la lucha por sus derechos».


   Durante la década de 1970 surgieron los primeros movimientos de Personas con Discapacidad como continuidad de los movimientos por los derechos civiles que protagonizaron importantes luchas en los años anteriores. Su objetivo era luchar por mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad, asegurar la accesibilidad al medio físico y social, y por el derecho a una «vida independiente». Bajo el lema “Nada para Nosotros, sin Nosotros”, reclamaban ser tenidas en cuenta en la elaboración de políticas de inclusión. 

   En esta época se comienza a utilizar el concepto de «Persona con Discapacidad» en lugar de «discapacitado» o «insuficiente» del Modelo Médico Biológico, dominante en las décadas anteriores, ya que hace referencia a la persona como sujeto de derecho antes que a la discapacidad. 

20 de septiembre de 2013

Un nuevo procedimiento ilegal contra travestis y trans en constitución

NO A LOS ATAQUES TRANSFOBICOS



 La noche de ayer 18 de septiembre, seis meses después de la detención ilegal de la compañera Yhajaira Falcón, nuevamente personal policial uniformado y de civil de la comisaría 18 realizó detenciones, arrestos, e identificaciones arbitrarias en el barrio de Constitución contra compañeras travestis y trans. El resultado fue el labrado de actas por artículo 81 del código contravencional contra varias compañeras, y una de ellas fue arrestada por carecer de documentos.Estos atropellos constantes a la legalidad y los derechos de las compañeras travestis y trans en la zona de actuación de las comisarías 18 y 16 que venimos denunciando revelan la sistematicidad de los ataques transfobicos en constitución, perpetrados por las fuerzas de seguridad y convalidados por la policía y la justicia de la caba.
Según la ley, los procedimientos por art. 81 deben hacerse previa investigación y orden de un fiscal autorizado, en el contexto de una investigación abierta y sólida, por personal de control urbano, y la PFA solo puede intervenir en caso de conflicto previa solicitud fiscal. Esta mañana cuando nos presentamos en las unidades fiscales correspondientes (sudeste del MPF de la CABA), el fiscal de turno Dr. Silvestre nos informó que no existe ninguna investigación abierta ni procedimiento alguno ordenado por el MPF que autorizara las actuaciones policiales de anoche, a pesar de lo cual miembros del 0800 fiscal sin previa consulta a su persona habrían convalidado posteriormente todo lo actuado por la policía.
 Denunciantes y testigos falsos, actas truchas, convalidaciones posteriores, violación a la ley de identidad de género, y detenciones arbitrarias en comisarías y fiscalías son moneda corriente para nuestras compañeras de constitución.
Por todo esto nos hemos presentado nuevamente ante la justicia, en el juzgado contravencional y correccional nro 8 de esta Caba, que se encuentran de turno, para presentar un habeas corpus preventivo ante probables nuevos procedimientos y detenciones contra la población travesti y trans por parte del MPF y las fuerzas de seguridad. Asimismo solicitamos mediante un escrito ante el tribunal superior de justicia de la ciudad una audiencia para controlar las actuaciones del ministerio público fiscal en el marco de la ejecución de la causa 6925 del TSJ, con sentencia firme por detenciones ilegales del MPF de la CABA y la PFA. 

Putos Peronistas – La Paquito – Colectivo para la Diversidad – Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto

21 de marzo de 2013

Aplicación de la ley antidiscriminatoria en las relaciones laborales


La justicia de Paraná declara nulo el despido comunicado al trabajador, disponiendo la reincorporación a su lugar de trabajo en idénticas condiciones a las que precedieron a la ruptura.

Entiende que el aparente despido sin expresión de causa obedeció en realidad a una motivación verdadera y oculta, cual fue la demanda instaurada por el padre del trabajador que fue notificada a la demandada dos días antes del despido supuestamente sin causa. 

Agrega que la conducta imputable a la empresa demandada, evidencia un acto discriminatorio tipificado en el Art. 1 de la Ley Nº 23.592. Finalmente, condena a la demandada a indemnizar el daño moral ocasionado y a abonar los salarios caídos. 

Autos: Ramirez, José Luis c/ Petropack S.A. s/ Sumarísimo

JUZGADO DEL TRABAJO Nro 4 de PARANA - ENTRE RIOS - 03/12/2012

28 de enero de 2013

Igual tarea - Igual salario


En el fallo "Espeche Ortiz, Alfredo Gustavo c Telam S.E. s Despido" la Sala IV de la CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO entiende que la disposición contenida en el art. 81 de la LCT habilita a la empleadora a dispensar un trato salarial diferente en la medida en que no sea ni arbitrario ni discriminatorio, sino que tal conducta debe tener una motivación racional y objetiva justificada. Y agrega que además la mencionada norma impone que, en tales supuestos, corresponde a esa parte demostrar dicha causa objetiva, pues es quien se encuentra en mejores condiciones para hacerlo. 

Victoria para el trabajador.

Hay que reclamar que nos paguen igual salario por igual tarea.


22 de enero de 2013

FELFORT - ENTREVISTA A DELEGADXS


"La mujer trabajadora es la que más sufre el maltrato de las patronales"

(AW) Reproducimos una entrevista publicada por http://leonehuen.wordpress.com/ a a lxs delgadxs de Felfort, Laura Rojas y Rodolfo Vidal.  En ella se refieren a la situación de discriminación laboral que viven las mujeres de la empresa y a la lucha por revertirla. 

Buenos Aires, 11 de enero de 2013 (http://leonehuen.wordpress.com/).-

IGUAL SALARIO POR IGUAL TRABAJO

En momentos en que Ricardo Fort protagoniza un nuevo episodio mediático, esta vez con acusaciones de estafa a su inmensa fortuna, la Comisión Interna FelFort denuncia que los derechos de las mujeres trabajadoras de esa empresa son avasallados y han iniciado una campaña para extender esos reclamos a otros sectores que también sufren esas injusticias. Entrevistamospara que nos den detalles de la situación de las mujeres que trabajan dentro de la fábrica de chocolates y nos cuenten los puntos centrales del plan que se propusieron.

La campaña por igual trabajo, igual salario.

27 de agosto de 2012

Que pongan servicio telefónico en los barrios!


VILLA LUGANO
Acusan a Telefónica de discriminación y la obligan a dar servicio en Villa 20

La justicia Civil y Comercial Federal condenó a la empresa a brindar el servicio de telefonía básica en casas de familia de la villa de emergencia N° 20, ubicada en el barrio de Villa Lugano. Es a raíz de un amparo colectivo iniciado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) hace más de 4 años. Según la denuncia, Telefónica se negaba a prestar el servicio en las villas invocando que se trataba de zonas peligrosas y que los vecinos destruían las instalaciones.
Por Redacción NU

A raíz de un amparo iniciado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) hace más de 4 años, la justicia Civil y Comercial Federal condenó a Telefónica a brindar el servicio de telefonía básica en casas de familia de la villa de emergencia N° 20, ubicada en el barrio de Villa Lugano, que correspondan a la zonas urbanizadas.

6 de julio de 2012

Discriminación de género en la Corte Suprema Salteña


Esta nota es útil a efectos comparativos, aparte de la situación en particular. Si una Jueza del superior Tribunal de Salta sufre discriminación por el género, ¿que queda para el resto?

¿Que esperan los gobiernos para llevar a cabo medidas efectivos que impidan que se mantenga esta forma de denigrar al género que nos da la vida??

Se agradecen comentarios....


La única jueza del Superior Tribunal de Justicia de Salta, Susana Kauffman, denunció que sufrió discriminación de género por parte del resto de los miembros de la Corte provincial: en un acto inédito, le impidieron designar a la secretaria letrada que propuso como colaboradora personal, cuando es una prerrogativa de cada ministro elegir a la persona que desempeñará ese cargo. “Me impusieron el poder patriarcal de la Justicia. Era mi derecho elegir a quien quería”, señaló Kauffman en diálogo con Página/12. La jueza denunció el hecho ante la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de la Nación, que encabeza Carmen Argibay, actualmente con licencia médica. Y también en la Cámara de Diputados de la provincia, donde el tema fue tratado por distintos legisladores en la sesión del martes. “Es lamentable lo que pasa en el Superior Tribunal de Justicia, donde la única jueza tiene que verse sometida a la voluntad de la mayoría masculina”, advirtió la diputada del Frente Democrático Liliana Mazzone. Organizaciones y referentes del movimiento de mujeres local salieron a repudiar el episodio y expresaron su apoyo a la magistrada.

4 de junio de 2012

Abren diligencias al obispo de Alcalá por sus palabras sobre los homosexuales en una misa


El Juzgado de Instrucción número Seis de Alcalá de Henares (Madrid) ha incoado unas diligencias para investigar si las palabras pronunciadas por el obispo Juan Antonio Reig Pla, con anterioridad, obispo de Cartagena, sobre los homosexuales pueden ser constitutivas de delito.

Las diligencias, a las que ha tenido acceso Efe, han sido abiertas a instancias de la Asociación Preeminencia del Derecho de Murcia, que lidera el letrado José Luis Mazón, que considera que las palabras vertidas por el prelado con ocasión de la misa que ofició el 6 de abril pasado y que fue retransmitida por TVE pueden ser constitutivas de un delito contra el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas.

El Juzgado de Alcalá de Henares, a través de un auto al que ha tenido acceso Efe, ha acordado, como primera diligencia, dirigirse al ente TVE para que le envíe “una copia completa en DVD de la grabación del acto en el que supuestamente se dijeron las palabras señaladas en la denuncia“.

El auto añade que esta medida se adopta “con carácter previo a la resolución que pueda proceder en cuanto al alcance de las manifestaciones, ya que es preciso tener constancia en autos de cuales fueron tales palabras, en su totalidad y en el contexto en el que se pronunciaron”.

La resolución no es firme, ya que puede ser recurrida ante el propio Juzgado o, bien, en apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid.

La denuncia presentada por Preeminencia del Derecho asegura que “el discurso del obispo establece contra los homosexuales una identificación entre la realización de sus naturales necesidades sexuales y la corrupción y prostitución“. 

Fuente: http://www.rtve.es/noticias/20120510/abren-diligencias-obispo-alcala-palabras-sobre-homosexuales-misa/524218.shtml

30 de abril de 2012

Un fallo histórico condenó por racismo a Chacarita

23/04/2012

En AFA se produjo ayer un fallo histórico, sin precedentes en la Argentina. El Tribunal de Disciplina resolvió quitarle un punto a Chacarita debido a sus cánticos racistas en el clásico ante Atlanta, que luego terminó con incidentes entre dirigentes del bohemio, hinchas del funebrero y la policía.

“La sanción es por los cánticos y expresiones de contenidos racista, discriminatorio y xenófobo hacia la parcialidad visitante”, argumentó el Tribunal. De esta manera, le dieron así por perdido aquel partido a Chacarita (había terminado empatado), sin embargo, el equipo de Villa Crespo no pasó a ganar en los escritorios, sino que mantuvo la unidad cosechada.

Por primera vez, el Tribunal de Disciplina de la AFA decidió darle por perdido el partido al funebrero en el clásico ante Atlanta, registrando un fallo histórico y sin precedentes.

En aquella oportunidad, la hinchada tricolor se había manifestado a viva voz con cánticos racistas y discriminatorios hacia la parcialidad auriazul.

Teniendo en cuenta esta quita de un punto, el panorama para que Chacarita se mantenga en la B Nacional es aún más complicado, ya que su promedio disminuyó.

Fuente: http://www.eltribuno.info/salta/151025-Un-fallo-historico-condeno-por-racismo-a-Chacarita.note.aspx

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 45567 SALA VI Expediente Nro.: CNT 38955/2018 (Juzg. N° 51) AUTOS: “GONZALEZ RAUL FABIAN C/ MINISTERIO...